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Caso “Lalo” Gomes: Tuma presentará una acción de inconstitucionalidad

Este artículo tiene 1 año de antigüedad
El abogado Óscar Tuma representa legalmente a la familia del fallecido diputado Eulalio "Lalo" Gomes.
El abogado Óscar Tuma representa legalmente a la familia del fallecido diputado Eulalio "Lalo" Gomes. Juan Pablo Pino

El abogado Óscar Tuma fue declarado “litigante de mala fe” por sus expresiones en el marco de la causa del diputado Eulalio “Lalo” Gomes. Al respecto, el profesional adelantó que presentará mañana una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

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El martes, la Cámara de Apelaciones ratificó la sanción al abogado Óscar Tuma “por presentar recusaciones sin fundamento y por realizar expresiones injuriosas contra jueces y fiscales en redes sociales y medios” en lo que refiere al caso del fallecido diputado Eulalio “Lalo” Gomes.

Al respecto, adelantó que mañana presentará una acción de inconstitucionalidad contra los autos interlocutorios del Juzgado y el Tribunal de Apelación.

Imagen de archivo: Óscar Tuma, Eulalio "Lalo" Gomes, Mario Abdo Beníez y otros colorados.
Imagen de archivo: Óscar Tuma, Eulalio "Lalo" Gomes, Mario Abdo Bentíez y otros colorados.

“Se me declaró injustamente litigante de mala fe. Se me impuso una multa de 30 días - multa, G. 3.200.000″, comentó.

Como parte de su defensa, Tuma asegura que la sanción en su contra es inconstitucional porque viola el derecho a la defensa y al debido proceso. “El tribunal reprochó hechos nuevos durante la audiencia sin previa notificación, impidiendo ejercer efectivamente el derecho de defensa”, alega.

Los argumentos de Tuma

Además de la mencionada “violación”, el abogado sostiene que hay un “atentado contra la libertad de expresión” y lo mismo hacia el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

“La sanción se fundamenta en críticas estrictamente profesionales sobre la causa del diputado Eulalio Gomes, expresadas públicamente en redes sociales y medios de comunicación. La crítica legítima nunca debe ser motivo de sanción disciplinaria”, agrega.

Asimismo, argumenta que también existió una “vulneración de la presunción de inocencia” y una “limitación indebida del derecho de petición y defensa técnica”. Finalmente, pide a la Sala Constitucional que declare la nulidad de ambas resoluciones y suspenda provisionalmente sus efectos.

“La abogacía y la ciudadanía merecen un Poder Judicial que respete las garantías constitucionales, tolere la crítica constructiva y permita un debate jurídico abierto y transparente ¡La justicia se fortalece con argumentos y garantías, no con sanciones disciplinarias arbitrarias!“, concluye.

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