El Tribunal de Sentencia Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, Segunda Sala, ratificó íntegramente la sentencia dictada en el juicio por desvío de más de 5.000 millones de la gobernación de Central, que condenó al exgobernador Hugo Javier González Alegre a 10 años de pena privativa de libertad.
El fallo confirmado es la sentencia definitiva (SD) N° 12, dictada el 4 de enero del 2025, por el Tribunal de Sentencia presidido por Karina Cáceres, Ana Rodríguez Brozón y Yolanda Morel.
Lea más: Condenan a Hugo Javier a 10 años de cárcel y tribunal ordena su inmediato traslado a Tacumbú
Por unanimidad, el colegiado tuvo por probados la lesión de confianza grave y el uso de facturas falsas y clonadas, que ocasionaron un perjuicio por G. 5.105.600.000 al patrimonio de la Gobernación de Central, entre noviembre del año 2020 y julio de 2021 durante la gestión de Hugo Javier González al frente del ejecutivo departamental.

Dinero de fondos de emergencia por covid, a obras fantasma
La millonaria suma correspondía a los fondos de emergencia transferidos a la institución departamental por el Gobierno en el año 2020, para hacer frente a la pandemia por covid-19.
Según lo resaltado por la presidenta del colegiado, los fiscales Néstor Coronel, Francisco Cabrera y Rodrigo Espínola, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (Udea), demostraron en el juicio oral que las 14 obras supuestamente financiadas con el dinero de los fondos de emergencia fueron construidas mucho antes de los desembolsos que recibió la Gobernación de Central.
Lea más: Gestión de Hugo Javier fue una “industria de desvío” en Central, según exconcejal
En aquella oportunidad, el Tribunal de Sentencia también condenó a 10 años de prisión al exasesor y exdirector de Gabinete Miguel Ángel Robles Ibarra, por ser el instigador en los hechos de lesión de confianza y uso de documentos no auténticos.
El colegiado condenó además a 2 años de cárcel con suspensión de la ejecución de la pena al exdirector de Administración y Finanzas Javier Marcelo Rojas Giménez, la exsecretaria del gobernador Lourdes Lezcano Decoud, el extesorero Luis Eduardo Allende Araújo y la exsecretaria de Administración y Finanzas Modesta Valiente Escobar, declarados culpables como cómplices de la lesión de confianza que ocasionó el millonario perjuicio a la Gobernación de Central.
Lea más: Hugo Javier: aplazan juicio por desvío de G. 18.300 millones
Este fallo fue apelado por los abogados Bernardo Villalba, Fausto Luis Portillo Lugo e Idilio Acosta González, en representación de Hugo Javier; Guillermo Duarte Cacavelos, por Miguel Ángel Robles; César Enrique Acevedo Candia, en representación de Luis Eduardo Allende Araújo; Víctor R. Martínez Correa, en representación de Lourdes Verónica Lezcano Decoud; Christian Alberto Bazán Crichigno y Agustín Olazar Villar, en representación de Modesta Valiente Escobar y Fernando Raúl Rojas Giménez, por Javier Marcelo Rojas Giménez.
Voto por la pena requerida por la Fiscalía para Hugo Javier
Integran la Cámara que realizó el estudio de las apelaciones planteadas los magistrados Paublino Escobar, Arnulfo Arias y Camilo Torres.
El magistrado Escobar votó por la confirmación de la sentencia, voto que fue acompañado por Torres.
“(...) con la condena dictada en las condiciones expuestas, no se ha menoscabado el principio acusatorio ni el de congruencia por las razones explicitadas precedentemente y, consecuentemente, el debido proceso legal que los aglutina no ha sufrido merma alguna, por lo que los reclamos defensivos evaluados devienen manifiestamente impertinentes, correspondiendo por ello su rechazo", concluye el camarista Torres.
Lea más: Fiscalía pide 8 años de cárcel para Hugo Javier por desvío de G. 5.100 millones en Central
Por su parte, Arias votó por la nulidad parcial de los puntos 4 y 20 de la sentencia, específicamente sobre la sanción de 10 años establecida por el Tribunal de Sentencia para Hugo Javier y Miguel Ángel Robles y la confirmación de los demás puntos del fallo.
Como solución, Arias votó por imponer la pena requerida por el Ministerio Público, de 8 años de privación de libertad.

“(...) comparto la idea de que el aumento deliberado del Tribunal de imponer una pena mayor a la solicitada por el fiscal, le priva al acusado del derecho a defenderse, pues el monto de la sanción impuesta no ha sido requerido en el juicio y, evidentemente, en caso de haberlo sabido antes, la defensa la hubiera discutido u opuesto”, explica Arias.
Lea más: Video: Hugo Javier consigue su libertad tras estar apenas 6 meses en Tacumbú
“Al haber el Tribunal condenado a una pena aumentada por su única voluntad y luego de concluido el juicio, no le quedaba otra opción a la defensa que reclamarla en la apelación. En estas condiciones, doy mi voto por la revocatoria del fallo apelado en cuanto a la pena y por decisión directa – Art. 474 del C.P.P.- se modifique la sanción impuesta, debiendo quedar definitivamente establecida en la solicitada por la Representante de la Sociedad en el juicio, de 8 años de privación de libertad para el condenado", concluyó el magistrado.
