Narcotráfico: ratifican condena para boliviana que intentó enviar cocaína en gel a Londres

En el allanamiento realizado en un hotel donde se hospedaban los detenidos también fueron encontradas prendas con más droga.
En el allanamiento realizado en un hotel capitalino donde se hospedaba la boliviana Ericka Pedraza también fueron encontradas más prendas con droga. Fue en 2023.Gentileza

Un Tribunal de Apelación ratificó una condena de 13 años de cárcel para una ciudadana boliviana que intentó enviar a Londres, Reino Unido, un paquete con cocaína en gel oculta en prendas de vestir, en 2023.

Este proceso por narcotráfico se inició a partir de un control aleatorio realizado por agentes antidrogas en la Terminal de Ómnibus de Asunción en la mañana del 25 de noviembre de 2023, oportunidad en que se procedió a la aprehensión de la boliviana Ericka Pedraza Machua y el paraguayo Virginio González Vera.

Ambos llegaron al local con la intención de entregar un paquete con prendas de vestir con destino a Londres, Reino Unido, pero el nerviosismo que presentaron al advertir la presencia policial, despertó las sospechas de los agentes.

Estos dieron aviso al agente especial Alfredo Romero, operador de canes, quien dio intervención al can antidroqas “Sora”, quereaccionó de forma positiva ante la caja de cartón.

La boliviana Ericka Pedraza Mashua y el paraguayo Virginio González Vera fueron detenidos tras intentar enviar una encomienda con ropas y cocaína en gel.
La boliviana Ericka Pedraza Mashua y el paraguayo Virginio González Vera fueron detenidos tras intentar enviar una encomienda con ropas y cocaína en gel. A la derecha, "Sora", quien dio la alerta. Fue en 2023 y en el juicio realizado en 2025, la mujer fue condenada y el hombre, absuelto.

Tras la verificación de la encomienda, se constató que se trataba de cocaína en gel oculta en prendas de vestir. Los técnicos del Laboratorio Forense inspeccionaron las ropas y detectaron que ocultaban cocaína con consistencia de gel.

Según expresaron desde la Senad en la época, la cocaína oculta en sustancias líquidas representa una nueva modalidad de envío de la droga.

Agentes antidrogas hallaron más prendas contaminadas en hotel capitalino

Autoridades de la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) informaron que la droga incautada, que totalizó unos 3 kilos, tiene un valor aproximado de entre US$ 30 mil y US$ 50 mil el kilo y que en el mercado británico podría ser incluso mayor.

En prosecución de la investigación del caso, la Senad allanó un hotel en el microcentro de Asunción (Riviera Puerto Hotel) , sitio donde se hospedó la boliviana, donde se encontraron más prendas con la droga.

La investigación permitió constatar que la mujer había llegado al país cinco días antes, desde Santa Cruz de la Sierra, Bolivia y negoció con un vendedor informal (Virginio González) para que sea él el encargado de depositar la encomienda a cambio de G. 300.000.

En un juicio oral y público que concluyó el 18 de setiembre de 2025, el Tribunal de Sentencia Especializado contra el Crimen Organizado presidido por Juan Dávalos e integrado por Pablino Barreto e Inés Galarza condenó a Pedraza a 13 años de cárcel por narcotráfico.

Por su parte, Virgilio González Vera fue absuelto y recuperó su libertad, tras casi dos años en prisión.

Voto unánime por confirmación de la condena por narcotráfico

El defensor público Carlos Arce apeló la sentencia definitiva (SD) N° 482. La defensa alegó que a la extranjera le correspondía una pena inferior, equivalente a la de cómplice y no como autora y también advirtió el supuesto vicio de fundamentación aparente.

El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, primera sala, integrado por Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi concluyó que el fallo condenatorio no tiene vicio alguno que amerite su modificación ni mucho menos su nulidad.

“En lo que respecta al dominio del emprendimiento, que constituye uno de los presupuestos de la autoría, los hechos probados en juicio dan cuenta de que la Sra. Ericka Pedraza ha tenido el dominio del emprendimiento en la realización del hecho punible” (...), explica Amarilla.

Agraga: “el hecho de que no se haya probado en juicio que entre Ericka y Virginio no haya existido una comunicación previa no desvirtúa la hipótesis de la autoría del hecho e inclusive una posible co-autoría de haberse establecido la participación de la tercera persona en el hecho punible investigado, al ser ella en compañía de la persona no identificada quienes han entregado la caja al co-procesado Virgnio para que finalmente este pueda depositar en la oficina del correo”, concluyó Amarilla.