- Dra. María Gloria Bobadilla, quiero recurrir a tu memoria y a tus archivos para recordar el caso Fidel Fidela, que entiendo fue el primero en nuestro país donde se planteó la rectificación de documentos acorde al género con el que tu cliente se sentía identificado, es decir, en base al derecho a la identidad.
- Sí, Fidel Ramón Sanabria recurrió a mi persona específicamente en el año 1993, y me solicitó la presentación de una demanda que en ese momento era realmente, muy ... en una sociedad muy machista como la nuestra. Hoy está más abierta, diríamos, la sociedad.
- ¿Contra quién se presentó la acción?
- Presentamos una demanda contra el Ministerio Público. Él quería cambiar de nombre y de sexo; se quería llamar Fidela Ramona y además que su sexo sea cambiado a femenino. Fue una larga demanda, en lo civil y comercial.
- ¿Qué pruebas se presentaron?
- Ante el ofrecimiento de pruebas por mi parte, fue realizada pericia psicológica y también pericia forense por el entonces médico René Molina y otro psiquiatra que también ya ha fallecido (Roque Vallejos) y que finalmente, dieron dictámenes favorables que decían que ella, se había hecho una operación en Chile, cuyos documentos hasta hoy los tengo en forma original y fueron presentados copias autenticadas en el expediente y se había hecho una operación denominada neoadaptación perineal, que realmente puso en riesgo su vida.
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Fiscalía, con dictamen favorable
- ¿Tu cliente hizo un primer intento en el exterior, verdad?
- Ella presenta la demanda en la ciudad que ella vivía, en Fermo (Italia), y ella era una artista y tenía diversos problemas en los aeropuertos, etcétera, pero ya su, diríamos, perfil era femenino. Ante esto también presentamos declaraciones testificales en las que dos personas de nuestro país decían que efectivamente ella tenía un perfil femenino.
litigamos tres años solamente para llegar hasta el dictamen de la fiscalMaría Gloria Bobadilla
- ¿Cómo siguió el juicio?
- Ante todas estas pruebas y documentaciones traídas del exterior y también, traducidas del italiano al español, nosotros obtuvimos un dictamen favorable de la entonces fiscal interviniente, la doctora María del Carmen Zuccolillo de Montero, agente fiscal. Y ella recomendaba al juez que se dicte una sentencia haciendo lugar a la presente demanda y ordenar la rectificación de nombre y sexo en la forma solicitada por el recurrente. Eso fue el 21 de diciembre de 1995.

Es decir, litigamos tres años solamente para llegar hasta el dictamen de la fiscal interviniente. Y además de eso, también presentamos los alegatos finales y el expediente estaba en la etapa procesal de autos para sentencia.
- ¿Y qué pasó después?
- Aquel juez que tuvo el caso, no recuerdo el nombre, tardó tanto porque no se animaba tampoco a dictar una sentencia por el peso que eso generaba socialmente, ya que incluso yo también tuve varias críticas por presentar una demanda en ese entonces por primera vez en Paraguay.
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- Fue un escándalo.
Si, pero ¿por qué lo hice? Lo hice desde el punto de vista humano más que jurídico, porque el derecho no es solamente regirse por las normas, sino es valorar a la persona humana que pasa por diversas etapas ante tan significativos cuestionamientos psicológicos, físicos y también, el inconveniente que le causa a la persona, no solamente en su país de origen, sino como ella, que ya decide justamente ir a vivir a Europa por diríamos, las críticas familiares, sociales, de amigos.
- Era una carga muy pesada...
- Sí, es una carga muy pesada. Y ella presenta en Europa justamente porque ya la legislación allí es totalmente diferente. Actualmente, no es necesario pasar por una cuestión tan dramática como es operarse, y hacer todo un tratamiento. Chile, que justamente es el país en donde ella se hizo esta operación, acepta el cambio de nombre, recurriendo al registro civil de las, de las personas.
- En Europa no es necesario un largo juicio, ¿verdad?
- Sí lo es cuando uno está casado y cuando es menor de edad. La legislación, invocando el derecho comparado en Bélgica, Alemania, Dinamarca, etcétera, tienen un total respeto a la persona humana y las personas pueden hacer eso, pueden hacerse ese cambio de nombre. Y la Comunidad Europea tiene pactos de reconocimiento entre unos y otros, respetando ese cambio que se ha realizado en un país en otro.
- ¿Y en Paraguay?
- En Paraguay no existe legislación al respecto y el artículo que podemos invocar es que toda persona tiene derecho a un nombre y apellido, que debe ser inscrito en el registro del estado civil. Solo el juez podrá autorizar por justa causa que se introduzca cambios o adiciones en el nombre y apellido. ¿Qué quiere decir esto? Que nosotros no podemos hacer esto en el registro civil, debemos hacerlo ante un juez competente. Y también recordamos otros casos que ya han sido rechazados por jueces civiles y que los abogados tuvieron que recurrir a la Corte por inconstitucionalidad con respecto a estos temas.
Recordemos que actualmente en España más de quince mil personas, después de estas leyes, han cambiado de nombre y de sexo ante la ley que les otorga esta facultad de, que si su deseo es cambiar de nombre, lo pueden hacer, porque no es solamente cómo me ven los demás, sino cómo yo me siento, ¿verdad? Y hay personas que desde su niñez se sienten mujer, su conducta es de una mujer, no solamente su aspecto físico, que puede variar, pero lo importante es cómo uno se sienta y cómo me ven también los demás.
Es un problema en los aeropuertos, en un cateo de la Policía Nacional, resulta ser que mi imagen es totalmente diferente a lo que señala el documento.
- ¿Y qué consecuencias trae que Paraguay no tenga estas leyes?
-Trae consecuencias como aquel conocido caso que tuvimos en que dos personas del mismo sexo quisieron casarse y tuvieron que falsificar sus documentos para poder hacer... Es decir, el derecho penal a veces no tiene la respuesta a todo, porque sería muy injusto que dos personas que se aman y son del mismo sexo vayan a parar a la Penitenciaría Nacional, porque el Estado no les puede reconocer o busquen una manera de que sean identificadas en su forma de sentirse y puedan seguir cumpliendo sus derechos, sus obligaciones, en un Estado que debe reconocer a la persona como un sujeto libre de pensamiento y de acciones. Por supuesto, siempre que no contravengan las disposiciones de las leyes fundamentales que son la Constitución Nacional, las leyes, etc.
Primer juicio sobre derecho a la identidad, no tuvo sentencia
-En este caso específico, ¿qué pasó con tu cliente?
- Antes de que el juez dictara sentencia, falleció. Ella vivía entre Italia y Paraguay con respecto a esto, porque ella tenía su trabajo. Era todo un costo inmenso para ella primero operarse, porque en ese momento era, que sé yo, una cuestión de mucho dinero, cuatro mil, cinco mil euros, cambiarse y operarse, ¿verdad? Y ella iba y venía a Paraguay para ser dictaminada por el médico forense, por el psicólogo, etcétera.
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- Finalmente no se dictó sentencia.
- Lamentablemente, ella falleció fuera del país en un accidente y no pudo tener esa sentencia, pero se fue muy, muy feliz cuando vio el dictamen, porque la demanda era contra el Ministerio Público, no contra el juez, ¿verdad? Era contra el Ministerio Público y que, la doctora, que era una mujer, tuviera un pensamiento tan acorde al momento y el hecho de utilizar el derecho comparado, hacer un examen de todas las pruebas ofrecidas por mi parte como profesional del derecho, entonces era sumamente importante ese dictamen. Lamentablemente, el juez tardó muchísimo y ella falleció sin que se pudiera sentenciar.
- Pero quedó el dictamen.
- Yo creo que ese dictamen de esa época, hoy en día, con todas las legislaciones, tanto de América como de Europa, nos tiene que hacer pensar en una parte de la sociedad que tiene estos inconvenientes y no ser tan egoístas los heterosexuales y pensar solamente en nosotros y no en las personas que se sienten de manera diferente y que tienen una orientación sexual totalmente diferente.

- Hace poco se dio una situación de una persona que hizo ese cambio en la Argentina y presentó un habeas data contra la Policía Nacional para intentar actualizar, por así decirlo, sus documentos acá a través de un habeas data y no consiguió. ¿Cuál sería la vía para la persona interesada en hacer ese cambio?.
- Primero hay tratados internacionales, como los que te menciono en Europa. Nosotros tenemos el Pacto de San José de Costa Rica y creo que si no tenemos una ley específica que realmente permita diríamos, este tipo de cuestiones, vamos a tener que recurrir a los juzgados civiles y al pensamiento que pueda tener un juez sobre estas cuestiones. Y solamente podemos hacerlo haciendo una demanda contra el Ministerio Público en los tribunales, no así el registro público, que no tiene ninguna facultad para cambiar tanto de nombre y de sexo.
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- Entonces, nos exponemos a que las personas como estos cometan un hecho punible, de falsificación de documentos para hacer realidad un sueño que tienen de formar pareja, etcétera, con una legislación inexistente y sobre todo con una mentalidad totalmente, diríamos, hasta de discriminación contra este tipo de persona.
- El habeas data no es el camino...
- No, tiene que ser en lo civil.
Reclamos, críticas y burlas en tribunales, en el barrio y hasta en el supermercado
- Dra Ud. dijo que fue muy difícil en aquel entonces llevar este caso, que tuvo muchas críticas. ¿Qué te dijeron?
- Yo fui educada en una escuela católica, de los Padres Redentoristas y, por supuesto, estudié en la Universidad Nacional. Yo siempre fui muy inquieta en la universidad, era miembro del Centro de Estudiantes y mi proyecto siempre era de liderazgo femenino. Entonces, una demanda en el año 1993, ya que yo me recibí en el año 1990, yo tenía tan solo 28 años y tuve el valor de presentar una demanda y enfrentar incluso a la prensa, ¿verdad? Porque en ese momento la prensa sacaba, por ejemplo, un título como este: “Cambio de sexo de un gay aconseja legalizar a la fiscal”.
- Había mucha presión.
- Y era motivo de risa en el barrio. “Doctora, ¿cómo que querés cambiar el nombre del sexo de una persona?” Y el cura de mi escuela me encuentra en un supermercado y por poco no tuve que pedir perdón a Dios por haber presentado esta demanda. Para el cura párroco esto era un pecado, ¿verdad? presentar una cuestión como esta. Y él ya no está hoy en el mundo, pero ni se hubiera imaginado que las legislaciones iban a cambiar, que hoy, en muchos países, porque en muchos países se reconoce esto, como te acabo de mencionar, en Chile y en España también, todos estos movimientos que se forman con esto.
“Estos casos nos tienen que llamar a repensar”
- Ahora es menos complicado.
-Y sí porque termina con el sufrimiento de que, para cambiar de nombre y sexo, hay que realizarse una operación. Esa operación, llevaba a la risa, la gente decía “¿Porqué se cortó el miembro?” y realmente es muy jocoso. Es como la castración química para violadores que también había yo he mencionado, más adelante, ya en el 2000.
- Había mucho prejuicio.
- Exactamente. Mucho prejuicio. Y en lo económico tiene un papel muy preponderante, ¿verdad? Tanto para hacerse ese tipo de operaciones, para someterse a ese tipo de tratamiento y, y sobre todo, también mantener el aspecto físico.
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- Ud. cree que hay que realizar cambios en nuestra legislación para atender estos casos.
- Las leyes deberían actualizarse y adecuarse conforme a las normas más modernas que existen en otras partes del mundo. Estas personas justamente sufren las consecuencias de la ausencia de la ley y cómo su realidad es totalmente diferente. El derecho debe acompañar los cambios de la sociedad y a veces esos cambios son más rápidos que las leyes. Hay una disfunción entre los cambios sociales y las leyes. Y las personas tenemos o sea, los senadores y los diputados tienen esa obligación de acompañar los cambios de la sociedad.
. El derecho debe acompañar los cambios de la sociedadMaría Gloria Bobadilla
- ¿Hay resistencia a estos cambios?
- Y Paraguay sigue siendo tremendamente machista, aunque hayamos cambiado, supuestamente entre comillas, la legislación con respecto a los bienes, por ejemplo, de las mujeres, la ley de violencia, etcétera. Pero hay cuestiones que en Paraguay estamos totalmente cerrados porque pensamos que es un pecado, porque pensamos que no estamos preparados para eso y de que, el hombre y la mujer solamente son reconocidos por nuestra Constitución Nacional. Así que estos casos nos tienen que llamar a repensar. El derecho es para repensar, no es para quedarnos en códigos que ya no se pueden aplicar.
- Dra. usted dijo que acompaña también otros casos después del tuyo, ¿hubo alguno que haya tenido sentencia favorable?
- Sí, yo creo que tengo entendido, de que han sido rechazados dos casos en los juzgados, precisamente, civiles, pero en ese caso solamente pidieron el cambio de nombre de esta persona y no de sexo y recurrieron a la Corte en inconstitucionalidad. Tampoco la Corte, que yo sepa, quizás me pueda equivocar, no tengo conocimiento de que la Corte haya dictado una sentencia favorable para que estas personas cambien tan solo de nombre.
- Pero aquí lo que hay que respetar, sobre todo, es la persona, la dignidad de la persona, y respetar los derechos humanos fundamentales y los pactos y acuerdos que firma el Paraguay. Y tenemos que aggiornarnos a los tiempos, así como la Corte se aggiorna a la inteligencia artificial, a las modificaciones de las legislaciones, también los poderes del Estado, como el Poder Judicial, el Poder Legislativo, debe ocuparse de esto y también los paraguayos tenemos que cambiar un poquitito de nuestra mentalidad y no criticar tanto a las personas que son diferentes a nosotros.
La abogada María Gloria Bobadilla Granada es actual consejera del Colegio de Abogados del Paraguay e integra el Comité Ejecutivo de la Federación Interamericana de Abogados FIA/IABA con sede en Whashinton D.C.
