La Ley N° 6.211, promulgada el 1 de noviembre de 2018, amplió y modificó el artículo N° 1 de la Ley 3.803/2009 “Que otorga licencia a las trabajadoras para someterse a exámenes de papanicolau y mamografía". Actualmente, está establecido que toda trabajadora goza de dos días de licencia para someterse a los estudios de papanicolau y mamografía.
Los días de licencia se pueden tomar juntos o por separado, siempre y cuando se presenten las constancias de que se practicaron las pruebas. Se dispone de dos días laborales cada año.
“Las trabajadores deben solicitar en Recursos Humanos (el permiso) y acompañar al día siguiente la constancia de haberse realizado dicho trámite”, mencionó Gómez en entrevista para ABC TV.
El papanicolau y la mamografía son dos estudios claves para la detección precoz de cáncer de cuello uterino y de mama, los tipos más frecuentes de esta enfermedad que ocasionan numerosas muertes en todo el mundo.
El cáncer de mama es la causa número uno de mortalidad por cáncer en mujeres de nuestro país. La última estadística oficial, de 2017, diagnosticó 1.616 mujeres con esta patología, 538 de las cuales fallecieron por este motivo.
