Chaco: rescatan un pequeño ocelote que estaba siendo transportado en un bus

FILADELFIA. Un pequeño ocelote (Leopardus pardalis), con los dientes cortados y de unos pocos meses, fue rescatado de un bus de larga distancia en la ciudad de Filadelfia, en el cual era transportado. Aparentemente, los responsables no pudieron o no quisieron ser vistos con el animal, el cual fue abandonado en una caja. El rescate lo realizó el Refugio Urutaú, especializado en la rehabilitación de animales silvestres.

Un pequeño ocelote (Leopardus pardalis), con los dientes cortados y de unos pocos meses, fue rescatado de un bus de larga distancia en la ciudad de Filadelfia. (Imagen del Refugio Urutaú).
Un pequeño ocelote (Leopardus pardalis), con los dientes cortados y de unos pocos meses, fue rescatado de un bus de larga distancia en la ciudad de Filadelfia. (Imagen del Refugio Urutaú).

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Los responsables del hecho, que está catalogado por ley como tráfico de animales silvestres, no pudieron o no quisieron ser vistos con el animal y lo abandonaron en una caja.

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El rescate lo realizó el Refugio Urutaú de Filadelfia, especializado en la rehabilitación de animales silvestres. “Esta pobre cría de ocelote apareció en un colectivo de transporte público (...) Lo peor que al pobre animal le limaron los dientes y cortaron sus bigotes”, decía parte del posteo hecho por el refugio para divulgar el caso. Los mismos agregaron que, por el estado de los dientes del animalito, podría infectarse, lo que acortaría la vida del felino a unas poca semanas.

Desde el Refugio Urutaú subrayaron que no se puede tener un felino de esas características como mascota y que nadie se hizo responsable o “dueño” del animalito, que fue encontrado en un bus. El mismo ya está recibiendo los cuidados necesarios de parte del plantel de veterinarios del refugio y aún no se sabe si con los meses será reintegrado a la naturaleza o quedará bajo resguardo permanente.

Tráfico de especies silvestres

Las personas que comercializan animales silvestres de la especie que fuera están expuestas a sanciones como multas y el decomiso de los animales e implementos vinculados a la comercialización. El Art. 4° del Decreto 2.598/14 establece el régimen de multas por infracciones y determina que todo el que comercialice especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados, sin contar con la expresa autorización de la Secretaría del Ambiente pueden ser pasibles de sanción y multas que oscilan entre 3.000 y 20.000 jornales mínimos.

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