Condenan a 25 años de cárcel a homicidas

Este artículo tiene 10 años de antigüedad
/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2394

SALTO DEL GUAIRÁ. Un tribunal de esta ciudad condenó a 25 años de cárcel a los presuntos autores de un doble homicidio, ocurrido en enero de 2011. Las pruebas fueron irrebatibles, según la Fiscalía, que solicitó en principio 30 años de cárcel.

Se trata de los hermanos Reinaldo de Araujo, de 23 años y Luciano Aparecido de Araujo de Souza, mayor de edad, expeones de Roque Da Silvera, quienes tras siete días de haberse iniciado el juicio, finalmente fueron condenados a la pena máxima, establecida en el Código Penal.

Ambos fueron acusados de ser los autores materiales de la muerte de Wilson Alvarenga y Marciana Martínez, ocurrido entre el 13 y el 15 de enero de 2011. La pareja fue baleada y degollada dentro de la propiedad de Da Silveira, temido hacendado y cigarrillero de la zona, para luego ser arrojados en el arroyo Gasory, a unos 15 kilómetros del centro de Salto del Guairá.

Según el fiscal Julio César Yegros, quien actuó como acusador, la condena representa "un triunfo del pueblo que aún tiene esperanza por la justicia paraguaya, a pesar de todo". También los familiares, quienes acompañaron aprehensivos el juicio, manifestaron su satisfacción por la condena impuesta a los reos.

El tribunal que juzgó el caso estuvo integrado por Benito González, Ramón Trinidad Zelaya y Víctor Godoy. En lo que va del año, la condena que impusieron a los procesados es la más alta aplicada en el Tribunal local.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Luciano Aparecido de Araujo confesó la autoría del hecho ante la Policía, y explicó que las víctimas frecuentaban a menudo el lugar y fueron muertos porque no respetaron la advertencia de no volver al sitio. Según los datos, las víctimas mantenían una relación extramatrimonial y utilizaban las orillas del arroyo para sus encuentros, ocasión en las que fueron muertos.

Dijo, además, que a su patrón, Roque Da Silveira, no le gustaba que personas extrañas ingresasen a su propiedad con la finalidad de pescar o cazar.

Durante el juicio el hombre y su cómplice intentaron negar su participación en el hecho, pero las pruebas, especialmente el testimonio de la exesposa de uno de los acusados, resultaron irrefutables, convenciendo al Tribunal, que luego aplicó la pena de 25 años de cárcel a cada uno.