Confirman aberración jurídica

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La jueza Julia Alonso, del juzgado civil del quinto turno de Asunción, es responsable de cometer una aberración jurídica: el martes último firmó el autointerlocutorio N° 1/17 que deja sin efecto la sentencia definitiva N° 3/17 de la jueza Mafalda Cámeron.

La jueza Cámeron Luque es titular del juzgado civil del noveno turno, con sede en Asunción. El 19 de enero último impuso una medida cautelar sobre los granos cultivados por la firma Sienna SA, dentro del inmueble de la familia Raiter, en la colonia Tirol, departamento de Itapúa.

La sentencia definitiva 3/17 podría haber sido cuestionada ante un tribunal de apelación. Solo los magistrados de una instancia superior pueden modificar o anular una sentencia.

La jueza Julia Rosa Alonso Martínez no tiene ninguna potestad ni atribución para anular una sentencia definitiva.

El autointerlocutorio N° 1/17, con fecha 24 de enero de 2017, expresa: “Declarar ineficaces el edicto y los oficios librados en el marco del presente juicio, disponiéndose el inmediato libramiento de oficios para dejar sin validez los librados el 19 de enero de 2017”.

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Con este acto, la jueza Alonso Martínez dejó sin efecto la medida cautelar dictada en una sentencia definitiva por la jueza Mafalda Cámeron Luque; ambas magistradas son de primera instancia, tienen el mismo rango de juzgamiento en el ámbito civil.

El ordenamiento jurídico de nuestro país es absolutamente claro: un tribunal de apelación es el único que puede modificar o anular sentencias. No existe otra vía.

La arbitraria y aberrante disposición de la jueza Julia Rosa Alonso Martínez tendría como objetivo beneficiar a Agro Silo Santa Catalina SA, integrante del Grupo Favero, cuyo presidente es Lucas Marini Favero.

Sienna SA cultivó granos de soja en la tierra del matrimonio Raiter, en la colonia Tirol, departamento de Itapúa. La soja pertenece a la sociedad anónima, no a los dueños del inmueble, quienes se limitaron a arrendar la tierra.

Nuestro ordenamiento jurídico es claro al señalar que los granos pertenecen al que cultiva. Los Raiter no recibieron ningún tipo de financiamiento del Grupo Favero para cultivar este año y sus cuentas están bloqueadas por un litigio judicial con Agro Silo Santa Catalina SA.

Ante la imposibilidad de cultivar, arrendaron su tierra a Sienna SA y así lo admitió la jueza Mafalda Cámeron Luque a través de la sentencia definitiva N° 3/17, imponiendo además una medida cautelar para proteger la cosecha.

Marino Raiter y Marilene Penkal de Raiter enfrentan un litigio judicial con el Grupo Favero. Lucas Marini Favero pretende cobrar 23 millones de dólares al matrimonio e inició un juicio de embargo ejecutivo presentando hipotecas con firmas falsificadas del matrimonio Raiter.

La disposición de la jueza Alonso Martínez permitirá al Grupo Favero tomar granos que nunca fueron financiados por Agro Silo Santa Catalina SA.

La empresa no demostró derechos sobre la soja de Sienna SA ni planteó una apelación sobre la sentencia definitiva N° 3/17: optó por buscar una jueza a la medida, dispuesta a violar el marco jurídico de nuestro país.

El senador Óscar González Daher, presidente del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, tiene mucho que ver en todo este proceso: existen sospechas de que su esposa, la escribana Nélida Chávez, es responsable de falsificar las firmas del matrimonio Raiter.

El parlamentario, con una supuesta experiencia en cobros compulsivos, por actividades que tendría como usurero, estaría dando la cobertura necesaria a jueces que cumplen instrucciones de facilitar al Grupo Favero el cobro de deudas que surgen de la falsificación de firmas de colonos.

Ahora la jueza Alonso Martínez abrió la posibilidad de intervención de la Policía Nacional para facilitar el embargo de los granos.

El matrimonio Raiter lleva 40 años viviendo en nuestro país, tienen hijos y nietos paraguayos.