La secretaría de Estado explica que de esta manera ya no se realizará el trámite de expedición en forma impresa en las ventanillas de atención al público, ya que podrá obtenerse a través de Internet las 24 horas y desde cualquier lugar, ingresando al portal del Ministerio de Hacienda.
Todo lo que el interesado necesita es un dispositivo con acceso a Internet (PC, notebook, celular) y un navegador web. La impresión de la constancia es opcional, ya que el documento está en archivo digital en formato PDF.
Informa, asimismo, que la Constancia de Jubilado tiene un período de validez de 30 días, pero el usuario jubilado la puede generar en cualquier momento, aunque sólo la última generada es la válida.
Aclara, igualmente, que para la Constancia de Jubilado no se requiere firma ni sello institucional, ya que el documento (impreso o digital) puede ser validado a través de otra aplicación en línea que permite certificar la validez de una constancia.
El beneficiario puede entregar la constancia (impresa o digital) a los interesados en conocer el comprobante de ingreso del mismo (bancos, financieras, cooperativas, asociaciones, casas de crédito).
El interesado debe ingresar a la web de Hacienda y luego al botón “Jubilaciones”, ubicado en la parte inferior de la portada, que despliega directamente la página de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP).
En el menú de la parte superior aparece el botón "Generación de Constancia", en el que hay que hacer click y llevará a la aplicación WEB para la generación de Constancia de Jubilado.
Alingresar el número de la cédula de identidad y fecha de nacimiento se puede obtener instantáneamente el documento en formato digital, que contiene datos del haber jubilatorio del último mes cerrado.
