Corte rechaza demanda contra la Municipalidad de Ybytymí por un camino vecinal

Corte rechaza demanda contra Municipalidad de Ybytymí por camino vecinal en litigio.
Corte rechaza demanda contra la Municipalidad de Ybytymí por camino vecinal y los pobladores de varias comunidades rurales pueden utilizarlo libremente.Emilce Ramírez

YBYTYMÍ. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó un fallo del Tribunal de Apelación de Paraguarí y rechazó la acción de reivindicación promovida por un comisario (SR) contra la Municipalidad de este distrito por un camino vecinal.

Mediante el Acuerdo y Sentencia Nº 44/2026, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrado por los ministros Alberto Martínez Simón, Eugenio Jiménez y César Antonio Garay, rechazó la acción de reivindicación promovida por el comisario (SR) Juan Manuel Garcete contra la Municipalidad de Ybytymí, departamento de Paraguarí.

El litigio se originó en torno a un camino vecinal utilizado desde hace más de ocho décadas por pobladores de las compañías Loma Pindó, Loma Vera y Vargas Cué. Dicho acceso conecta a las comunidades con los distritos de La Colmena y Tebicuarymí.

El cierre de un camino vecinal en Ybytymí llegó hasta la Corte Suprema de Justicia
El cierre de un camino de tierra en Ybytymí generó una controversia judicial y fue resuelta en la Corte.

El conflicto cobró notoriedad cuando los vecinos denunciaron el cierre del acceso mediante alambrados y con la colocación de carteles de “Propiedad privada”.

Dicha situación que, según los lugareños, dejó aisladas a varias comunidades rurales que dependen de ese trayecto para llegar a instituciones educativas, centros de salud, comercios y servicios básicos.

Se llegó a instancias judiciales porque la Municipalidad, bajo la administración del intendente liberal Casimiro González, introdujo máquinas en el camino vecinal y supuestamente amplió el acceso rural ingresando a la propiedad privada.

Procedimiento judicial

Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, a cargo de la jueza Liduvina Otazú de Mereles, había hecho lugar a la excepción de falta de acción pasiva planteada por la comuna. Sin embargo, dicha decisión fue revocada por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal de Paraguarí, integrado por Antonio Álvarez, Rosalinda Guens e Inocencia Alfonzo.

A través de la Resolución Nº 35/2024 el colegiado había dado lugar al recurso de nulidad contra la Sentencia Definitiva Nº 87/2024.

El camino vecinal que fue cercado por un comisario (SR), quien había promovido una demanda contra la Municipalidad de Ybytymí.
El camino vecinal que fue cercado por un comisario (SR), quien había promovido una demanda contra la Municipalidad de Ybytymí.

La Corte Suprema, al analizar los antecedentes del caso, revocó la decisión del Tribunal de Apelación. Con este fallo de la máxima autoridad judicial, queda firme la sentencia de la jueza Otazú de Mereles y queda sin efecto la pretensión del demandante.

Asimismo, la resolución favorece la continuidad del uso del camino por parte de los pobladores.