El actual presidente de la República, Santiago Peña siendo aún candidato para las elecciones generales de abril del 2023, había rehuido en dos ocasiones de un “debate presidencial”, en el primero de ellos alegando que supuestamente quería que estén los 4 contendientes, y cuando se cumplió esa condición, terminó igualmente reculando y pisando su palabra.
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Es por eso que el diputado Arnaldo Valdez (PLRA, Frente Radical) presentó un proyecto para que los aspirantes a la presidencia de la República asuman como una obligación el confrontar ideas y exponer sus planes a la ciudadanía y evitar “sorpresas” una vez que ya está en el cargo.
El proyecto plantea no uno, sino dos debates, a fin de que uno de ellos se desarrolle en el interior del país -en una capital departamental a ser designada por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), independientemente a que sean ámpliamente transmitidos por televisión y otros medios.
“La trasmisión de los debates serán en vivo y en directo, sin cortes, por todos los medios de difusión pertenecientes al estado paraguayo, y a través de internet. Se garantiza el libre acceso a las señales radiofónicas y televisivas a todos los medios públicos y privados del país que deseen transmitir el debate de manera simultánea, dicha trasmisión deberá contar con mecanismos de accesibilidad como lenguas de señas y otros afines", agrega el artículo 2º del proyecto de ley.
También se plantean aspectos procedimentales para los debates, como la duración, donde se establece que “será de dos horas si participan dos candidatos, y de tres horas si son más” y se garantiza que “se le destinará igual cantidad de tiempo а las exposiciones y réplicas de cada candidato”.
¿Que pasa si se siguen negando?
Sobre todo el candidato mejor posicionado suele negarse a participar en estos debates, a fin de no arriesgar su eventual ventaja. Si bien el proyecto de ley establece un “castigo” para los que se nieguen, este no es muy severo, pero es lo que permite la ley.
En tal sentido, el artículo 6º plantea que: “Los partidos políticos cuyos candidatos a Presidente de la República se nieguen a participar en los debates no accederán a los espacios gratuitos en los medios de comunicación establecidos en el artículo 302 de la Ley N° 834/96 “Que Establece el Código Electoral Paraguayo”, dichos espacios se redistribuirán entre los candidatos participantes del debate".
Agrega que “además, durante el debate, el espacio físico que le hubiera sido asignado al candidato ausente permanecerá vacío”.
La propia Constitución impide castigos más severos, como podría ser la prohibición de mantener la candidatura, ya que las inhabilidades e incompatibilidades para los presidenciables están taxativamente establecidos en el artículo 235, 236 y 237 de la Carta Magna.
No obstante, en su argumentación del proyecto, Valdez destaca también el derecho al voto responsable del ciudadano, destacando que “para que el ejercicio del voto sea verdaderamente libre, debe ser un voto informado”.
“La obligatoriedad del debate no constituye una carga arbitraria, sino una reglamentación de los deberes de quienes aspiran a la máxima jefatura del Estado, el debate permite que la ciudadanía compare propuestas de manera directa, sin intermediarios ni filtros publicitarios, garantizando el derecho de las personas a recibir información veraz y ecuánime conforme a lo establecido en el art. 28 Derecho a la Información de Constitución Nacional”, destaca el proyectista.
Finalmente, también menciona como ejemplos regionales de esta práctica democráticas, casos de países como México, Argentina, Ecuador y Uruguay.
Un proyecto similar ya lo había planteado en 2019 el exsenador y actual ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos (PLRA), pero no se llegó a concretar.
Antes de Peña, otros candidatos aceptaron someterse a estos debates, entre ellos el expresidente de la República, Mario Abdo Benítez en la contienda con el liberal Efraín Alegre.
