Fuertes indicios de la comisión de delito en la quiebra del Unión

Este artículo tiene 15 años de antigüedad

La Corte Suprema de Justicia, en plenaria, había resuelto enviar al Ministerio Público, las conclusiones del sumario que llevó adelante el síndico general de quiebras interino, Ernesto Ocampos. Este confirmó que la venta del crédito fue fraudulenta y que incluso hubo un perjuicio de G. 6.000 millones a los acreedores de la quiebra del Banco Unión.

Los antecedentes enviados por el alto tribunal fueron analizados por el entonces director de Delitos Económicos de la Fiscalía, Ricardo Preda, quien concluyó que existen méritos para la apertura de una investigación criminal.

A continuación transcribimos el dictamen que elevó Preda al fiscal adjunto de Delitos Económicos, Carlos Arregui.

La nota firmada por el secretario general (de la Corte), no hace más que remitir un informe presentado por el síndico general de Quiebras, Ernesto Ocampos, al presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor Antonio Fretes, sobre la cesión de un crédito que tenía el Banco Unión SAECA (en quiebra) contra la empresa CIPASA.

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De la referida presentación del síndico general, se pueden extraer como más significativos los siguientes hechos:

1. El 17 de junio de 2009, el síndico de la quiebra de Banco Unión, abogado Juan Figueredo, dictamina de manera favorable la cesión del crédito en cuestión a la empresa Campos Guaraníes SA.

2. El 18 de junio, Jesús Eijo Ceriani, representante de Campos Guaraníes SA realiza una oferta por la compra del crédito con valor nominal de G. 8.000.000.000 por G. 2.000.000.000 que tenía la quiebra de Banco Unión.

3. El 19 de junio de 2009, el juez Hugo Becker, por A.I. N° 729, resuelve hacer lugar a la oferta presentada por Campos Guaraníes SA.

4. El 16 de julio de 2009, por escritura N° 76, pasada ante el escribano Luis Enrique Peroni Giralt, se instrumentó la cesión del crédito a la empresa Campos Guaraníes, abonando ella la suma ofertada.

Análisis

El informe elaborado por el síndico general de Quiebras contiene un relato circunstanciado de hechos, así como las evidencias que la sustentan. Por ello se hallan reunidos los presupuestos que señala el tercer párrafo del artículo 285 del Código Procesal Penal.

Los hechos que estarían plenamente corroborados son que Banco Unión tenía un crédito contra CIPASA por un valor nominal de G. 8.000.000.000 y que este fue cedido a Campos Guaraníes SA por G. 2.000.000.000. La venta de un crédito por una suma inferior al valor nominal no es por sí misma una cuestión penalmente relevante.

Sin embargo, en el caso concreto se suman estas circunstancias:

a) La deudora es CIPASA, que si bien tendría una convocatoria de acreedores, es a su vez acreedora del Estado paraguayo por una suma 10 veces superior al valor nominal del crédito que tiene el Banco Unión contra ella. De ello se podría inferir, que el valor real en el mercado del crédito contra esta empresa, no sería 75% inferior al valor nominal.

b) El síndico de la quiebra del Banco Unión habría dictaminado favorablemente incluso un día antes que Campos Guaraníes presente su oferta.

La hipótesis fáctica podría eventualmente subsumirse en el artículo 183, incisos 1° y 2°, del Código Penal; por lo cual, existe mérito suficiente para la apertura de una investigación penal, al estar reunido el requisito exigido por el artículo 18 del Código Procesal Penal.

Conclusiones

En atención a las consideraciones vertidas precedentemente, la Dirección de Delitos Económicos considera:

a) Que corresponde la apertura de una investigación por parte del Ministerio Público.

b) Que la investigación deberá estar a cargo de uno o más agentes fiscales de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción.

Teniendo en cuenta el dictamen de Preda, Arregui debe designar un fiscal encargado de la investigación. Se espera que el adjunto no remita el caso a los agentes que son conocidos por llevar los procesos grandes al “oparei”.

Figueredo tiene “padrinos” que estarían operando para que la causa sea archivada en el Ministerio Público y de esta forma pueda blanquearse para continuar en la Sindicatura, a cargo de las quiebras más importantes.