Sentencias "arbitrarias"

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El juez Silvino Delvalle había ordenado al Registro Público anular la inscripción del inmueble de 4.000 hectáreas a nombre del Indert. El magistrado hizo lugar a la demanda promovida por Diosnel Mujica Gauto.

Delvalle en su fallo solo consideró el estudio realizado por la escribanía Peroni, que trabajó para Bancopar. Sin embargo, ni siquiera se expidió sobre el estudio que hizo otra escribanía que trabajó para Indert. Con esto está demostrada la arbitrariedad de la sentencia judicial.

“El estudio histórico materializado por la Escribanía Peroni respecto a los inmuebles, resulta de vital importancia para comprobar el origen y las diversas transferencias dominiales de los bienes, lo que nos demuestra cómo cada una de las partes involucradas en el proceso llegaron a adquirir el dominio registral. Este material probatorio adquiere relevancia sustancial, en razón de no haber sido impugnado por la parte que intenta desconocer o restarle valor jurídico a su contenido, y siendo así, la negativa abstracta y general no puede ser considerada como aniquiladora de su validez”, dijo el juez.

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“A ello debe sumarse el hecho de que este mismo estudio de títulos ha sido objeto de cotejo y verificación por parte de la Dirección de los Registros Públicos, 8va. sección, que ha determinado que dicho estudio concuerda con sus asientos registrales. Esta confirmación del contenido del estudio histórico constituye instrumento público, pues emana del órgano encargado legalmente del asentamiento de estos datos”, señaló el juez, quien tampoco consideró que el Servicio de Catastro observó irregularidades al otorgar el certificado catastral. El fallo fue confirmado por los camaristas Oscar Paiva, Linneo Ynsfrán y Juan Carlos Paredes.