Ejecutivo deja sin efecto los grandes aumentos de valores fiscales inmobiliarios

A pedido de los gremios de la producción, finalmente el Ejecutivo decidió dejar sin efecto los aumentos de valores fiscales inmobiliarios que el Servicio Nacional de Catastro había dispuesto a finales de 2022. De esta manera, rige solamente el incremento del impuesto del 8,1% conforme al IPC y no cambia la clasificación de las propiedades en el área rural.

Las tierras del Chaco, por ejemplo, hoy se utilizan para producción ganadera y el valor de las mismas se sigue calculando como hace 70 años, según el SNC.
Las tierras del Chaco, por ejemplo, hoy se utilizan para producción ganadera y el valor de las mismas se sigue calculando como hace 70 años, según el SNC.

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El Poder Ejecutivo emitió esta tarde el decreto 8736/2023, que deja sin efecto algunas disposiciones que se habían tomado en el decreto 8612 del 27 de diciembre de 2022, con el fin de actualizar el valor fiscal de los inmuebles en nuestro país. Dicho decreto no solo confirmaba el incremento del impuesto inmobiliario en el orden del 8,1% sino además, cambiaba la base imponible sobre la cual se calcula dicho tributo.

El Servicio Nacional de Catastro (SNC), a partir de estudios técnicos, económicos y ambientales, había recomendado actualizar los parámetros para establecer la productividad de los inmuebles, ya que hoy se sigue calculando el valor de la tierra conforme a parámetros de hace 70 años aproximadamente, según las explicaciones de los técnicos de dicha institución.

Por ello, el Decreto 8612/2022 había actualizado el valor fiscal sobre el cual se calcula el impuesto inmobiliario, conforme a la capacidad agrológica del suelo, la cercanía de rutas u otras inversiones del Estado, etc. De esta manera, se hizo una categorización y agrupación de cada tipo de inmueble, que en muchos casos se tradujo en un incremento del monto que debe pagar el propietario de dichas tierras.

Si bien el impuesto inmobiliario es el mismo para todo el país, se fijó en 8,1% para 2022 conforme al Índice de Precio del Consumidor (IPC) que determina la inflación, al cambiar la base sobre la cual se calcula el valor final, el monto puede variar de manera significativa.

Precisamente, por ese motivo el nuevo Decreto 8736/2023 salió tras las notas y pedidos de la Unión de Gremios de la Producción (UGP) sobre rever la decisión de la nueva clasificación administrativa de las tierras. Eso, sobre todo teniendo en cuenta que el campo sufrió 3 años consecutivos de sequía y pérdidas y que este 2023 todavía está sintiendo los coletazos de crisis económicas.

ARP busca “consenso” a la hora de definir el valor de la base imponible

Al respecto, el presidente de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), Pedro Galli, indicó que en este nuevo decreto se ajustan los valores agrológicos, algo que no tuvo objeción alguna por parte del sector, según resaltó.

Sin embargo, explicó que lo que se llegó a “discutir de una manera” fue lo que serían las variaciones sobre los valores de la base imponible, buscando que esto sea realizado mediante una “lógica aceptable y consensuada por todos los gremios”.

“Las propiedades deben ser determinadas de forma justa y equilibrada, sin que esto se convierta en un sistema errático porque eso es lo que queremos evitar. Se va formando una base técnica y de momento no hay variaciones en los valores fiscales hasta que se determine un mecanismo consensuado con todos”, enfatizó en comunicación con ABC Color.

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