Contadores piden plazo a la SET para presentación sin multas

Varios gremios de contadores solicitaron vía nota a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) amplíe el plazo para presentación sin multas de compromisos tributarios relacionados al Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), esto debido a la no existencia de los formularios para la liquidación correspondiente.

Contadores reportan que aún no están disponibles formularios en el sistema Marangatu, por lo que solicitan plazo para presentación sin multas
Contadores reportan que aún no están disponibles formularios en el sistema Marangatu, por lo que solicitan plazo para presentación sin multas

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Un grupo de ocho gremios de contadores solicitaron mediante una nota dirigida al titular de la SET Óscar Orué que se considere un plazo para presentación sin multas de compromisos tributarios relacionados a la declaración del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) correspondiente al año 2022, debido a que los vencimientos están próximos y los formularios para la declaración no están disponibles aún en el portal de gestión tributaria “Marangatu”

“Hemos trasladado el reclamo de los contribuyentes y profesionales ante la no existencia de los Formularios Nº 700 - IRE General Anual y el Formulario No 701 IRE Simple Anual”, señaló la contadora Lilian Torres representante de Meridiano Asociación con capacidad restringida.

Presentación sin multas

La profesional detalló que la solicitud realizada a la Subsecretaria de Estado de Tributación (SET) es que la misma otorgue un plazo de 30 días a partir del 01 de febrero del 2023 sin multas, sin mora, y sin contravenciones para presentar las liquidaciones, debido a los inconvenientes que impiden la presentación en tiempo y forma, teniendo en cuenta que está próximo el vencimiento de los tributos, pero la Administración Tributaria aún no dispuso los formularios correspondientes en el sistema de gestión Marangatu.

En la nota los contadores también solicitaron que se les considere igualmente la posibilidad de sacar el certificado de cumplimiento tributario y timbrado para la presentación de Declaraciones Juradas de IRE General e IRE Simple que deben ser clausurados, o cuyas obligaciones deben ser cambiadas al 31 de diciembre de 2022.

La profesional cuestionó que por la no existencia de los formularios de declaración a pocos días de los vencimientos, lo que genera un flujo importante de trabajos pendientes.

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