A través de la Resolución General N° 129/2023 la administración fiscal decidió trasladar los vencimientos debido a la sucesión de días inhábiles por Semana Santa.
La resolución explica que la SET considera conveniente trasladar algunas fechas de vencimientos de la presentación de las declaraciones juradas determinativas y el pago de las obligaciones tributarias para la próxima semana.
El nuevo calendario establece que los contribuyentes con número de terminación del Registro Único de Contribuyentes (RUC) 0, 1 y 2, con fecha de vencimiento el viernes 7, domingo 9 y martes 11 de abril, respectivamente, pasaran excepcionalmente al miércoles 12.
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“Los demás plazos de vencimientos se mantendrán inalterables conforme al Calendario Perpetuo de Vencimiento”, dice la resolución que dio a conocer en la fecha.
La SET menciona que tiene como propósito fundamental lograr el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, evitando siempre ocasionar a estos cargas administrativas y económicas innecesarias.
En este mes de abril vencen, entre otros, el pago del impuesto a la renta empresarial (IRE), tributo único, impuesto al valor agregado (IVA) general, impuesto selectivo al consumo (ISC).

