“Estafa, adquisición fraudulenta de subvenciones y producción mediata e inmediata de documentos públicos de contenido falso”, son las causas de imputación de los dueños de seis empresas de transporte, denunciadas en 2014 por el titular de la entonces Secretaría de Transporte del Área Metropolitana (Setama), Agustín Encina. Él las acusaba de haber cobrado irregularmente subsidios, engañando a la institución. Hoy, cinco de las seis causas están a la espera de la decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y una de ellas tiene audiencia en diciembre para definir si va a juicio oral. Mientras tanto, los empresarios siguen cobrando fortunas del Estado (ver cuadro).
El principal interesado en la resolución de las causas debería ser el titular del Viceministerio de Transporte (VMT) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), atendiendo que es la institución encargada de regular los subsidios. Sin embargo, al ser consultado sobre el pago a empresas sospechadas de presentar documentos con contenido falso, el viceministro de Transporte, Pedro Britos, respondió que hasta el momento no existe ninguna sentencia firme y ejecutoriada y que mientras no haya, los transportistas que se ajusten a los requisitos establecidos en el Decreto Nº 6630 podrán ser beneficiarios con el subsidio al transporte público. El documento al que se refiere fue firmado en 2011 por el entonces presidente de la República Fernando Lugo con el objetivo de “atajar (la suba) el precio del pasaje del transporte público”.
Pero conforme con los antecedentes, existen indicios de que adulteraron el chasis de al menos 123 buses; en documentos, unidades antiguas se hicieron figurar como nuevas. El fiscal Yoan Paul López, actualmente juez, los imputó en 2016. Hasta entonces se estimaba un perjuicio de más de G. 13.000 millones. Hoy las pesquisas están a cargo de la agente Karina Caballero.
Cinco de los seis expedientes siguen sin respuesta de la CSJ sobre las casaciones planteadas por la Fiscalía a los sobreseimientos definitivos que se dieron en los diferentes juzgados. Según el documento, las causas se extinguieron por vencer el plazo de un año para solicitar la reapertura, período establecido para causas con expectativa de pena de hasta 5 años de prisión. Sin embargo, la Fiscalía imputó en base al artículo 262, inciso 2° del Código Penal, el cual tiene pena mayor de cinco años, y así, el plazo para la reapertura es de hasta 3 años. La máxima instancia judicial debe expedirse si se reabren las causas o no. Hasta hoy, no existe sentencia definitiva.
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Por otra parte, un representante de Línea 34, Gustavo Gómez, hijo del procesado Juan Agripino Gómez, manifestó a ABC que el proceso judicial es una persecución política para que otros “se adueñen del sistema”. Recalcó que los involucrados de esta empresa son inocentes.
Se intentó conversar con los representantes de la Línea 36 pero no contestaron. Nos comunicamos con la Línea 454 pero al indicar que se llamaba desde este diario, cortaron la conversación y después no volvieron a respondernos.
Responsables de la Línea 58 se mostraron interesados en expresar una réplica, sin embargo, horas después rechazaron brindar declaraciones, al menos por ahora.
Tampoco volvió a responder las llamadas la procesada de la Línea 232, Nora Sánchez, quien en un primer contacto dijo que hablaría más adelante.
Excesiva demora de la Corte
La excesiva demora para que la Corte Suprema de Justicia se expida en casos planteados es una cuestión de larga data. La ausencia de límites para que los ministros se expidan da lugar a que transcurra el tiempo, los plazos se cumplan y finalmente las causas se extingan por cuestiones de forma y no precisamente de fondo, que es la comprobación de culpabilidad o inocencia. Esta situación crea campo fértil para la impunidad, y en este caso, beneficiaría a transportistas que cobran fortunas a costa de los contribuyentes.
