El 23 de setiembre pasado, el Congreso Nacional sancionó la Ley 6369 que expropia una finca de 10 hectáreas.
El inmueble se encuentra ubicado en el municipio de Minga Guazú, Alto Paraná.
La expropiación de la finca fue iniciativa del Dip. Carlos Portillo (PLRA).
Intentamos sin éxito conversar con el parlamentario llamando al 0983 terminación 451.
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Realmente hubiera sido interesante conversar con el Dip. Carlos Portillo para conocer detalles de la expropiación de las 10 hectáreas.
La fracción fue propiedad de la empresa Sur Inmobiliaria; el predio esta localizado en el kilómetro 18,5 de la Ruta PY02.
La propietaria creó la urbanización San Cayetano, administrada por la firma Mario R. Kostianovsky SA.
El loteamiento está compuesto por un total de 304 inmuebles.
La fracción total de 304 lotes tiene en este momento la siguiente situación: 74 lotes titulados, 59 lotes cancelados, 141 lotes vendidos con pagos en cuotas y 30 lotes libres.
La totalidad de la finca se encuentra bajo plena posesión de sus propietarios, inclusive de aquellos que aún están con cuotas que se van pagando.
Una ley disparatada
La Ley 6369/19 dispone lo siguiente: “Declárase de interés social y exprópiese a favor del Estado paraguayo (...) para su posterior transferencia a título oneroso a favor de los actuales ocupantes” (negritas son nuestras).
En primer lugar, en la urbanización San Cayetano no hay ocupantes, hay propietarios.
La ley de expropiación plantea entregar la tierra a título oneroso, es decir que los beneficiarios deben pagar para tomar posesión.
¿Deben volver a pagar por una tierra que ya pagaron totalmente?
Y la pregunta clave: ¿Quién recibirá la indemnización del Estado? ¿Sur Inmobiliaria?
La inmobiliaria ya no es propietaria, por lo tanto, no tiene por qué recibir una indemnización.
El Estado tiene que pagar a cada uno de los propietarios que tienen títulos, a todos aquellos que cancelaron sus lotes, y obviamente los que están pagando sus cuotas tienen el mismo derecho de cobro.
Por donde se mire, la Ley 6369/19 es absolutamente disparatada. Crea un verdadero caos donde había un orden y se convierte en un antecedente nefasto para aquellas familias que asumen el sacrificio de tener un lote propio pagando sus cuotas.
El artículo 4 de la ley de expropiación no tiene desperdicio: “La transferencia de los lotes a los ocupantes se realizará después de comprobarse que los mismos y sus cónyuges no poseen otros inmuebles”.
No son ocupantes, son propietarios. Tienen la posesión del inmueble.
Automáticamente los mismos “beneficiarios” de la ley son excluidos porque tienen un título que los inhabilita para seguir en el terreno que ya lo pagaron.
La pregunta del millón
¿Que pretendió el Dip. Carlos Portillo al impulsar la expropiación de un loteamiento donde los lotes ya fueron vendidos prácticamente en su totalidad?
Llegar a tener un lote propio pagando por la tierra es una ambición sana. Miles de familias llegan a alcanzar este sueño pagando sus cuotitas con sacrificio.
Esta ley de expropiación es un castigo para aquellos que llegaron a la meta de tener un lote propio con el pago de las cuotas. De un plumazo, el Congreso borró todos sus títulos.
Cuestionan decisión del Parlamento
Raúl Ántola ejerce la representación jurídica de la firma Sur Inmobiliaria, empresa que fuera propietaria de la urbanización San Cayetano.
El Abg. Ántola cuestionó en duros términos la expropiación de las 10 hectáreas: “Hay 304 propietarios afectados por una medida absolutamente irresponsable del Parlamento”.
Agregó que “en la urbanización no hay ocupantes, hay propietarios legítimos que hoy pueden tener la posesión de sus lotes luego de pagar las cuotas de cancelación”.
Mencionó que “uno se pregunta si los parlamentarios realmente saben lo que votan cuando deben levantar la mano. Esta ley de expropiación es un ejemplo del disparate”.
