Asambleas hasta el 30 de junio

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La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales, dependiente del Ministerio de Hacienda comunicó que el plazo para la presentación de trámites de asambleas se prorroga hasta el 30 de junio.

Además, apunta que se suspenden los cómputos de plazos de inscripción de sociedades, canje de acciones, transferencias de acciones, hasta el 29 de junio venidero.

El organismo dice que atendiendo la emisión del Decreto Reglamentario N° 3506/20 de la Ley N° 6524/20 que declara estado de emergencia en todo el país a causa de la pandemia por covid-19 o coronavirus, se recuerda a los usuarios las disposiciones establecidas, como siguen: Artículo 16, de la Ley N° 6524/2020 establece: “Excepcionalmente para el presente ejercicio, a fin de considerar los puntos a) y b) contemplados en el Art. 1.079 del Código Civil, la asamblea ordinaria será convocada dentro de los 6 (seis) primeros meses del cierre del ejercicio. Independientemente a la fecha de realización de la asamblea ordinaria, los contribuyentes afectados tendrán plazo hasta el 31 de agosto del presente año para informar y realizar la correspondiente retención del Impuesto a los Dividendos y las Utilidades (IDU) en el sistema informático de la SET”.

La reglamentación en su Artículo 24 dispone que la asamblea ordinaria anual obligatoria en la que se trate memoria anual del directorio, balance y cuenta de ganancias, entre otros puntos, así como la designación de directores y síndicos y fijación de su retribución, será convocada a más tardar el 30 de junio de 2020, de conformidad con las reglas y plazos.