CIAC exigió del Estado una posición definitiva sobre arbitraje en Acepar

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La indefinición de las condiciones en que se instalará el tribunal arbitral para el caso Acepar ha generado una serie de intercambios de correspondencias entre la Procuraduría  y la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC), que en estos días conminó al Estado a definir su posición, revelaron ayer  fuentes oficiales.

 

Las dos últimas notas recibidas por la Procuraduría General de parte de la CIAC son del 26 de julio y el 4 de agosto pasados, respectivamente, y en las mismas el organismo internacional  conminó al Estado "a precisar con carácter definitivo su posición respectiva" con relación a la demanda promovida  en noviembre último para la rescisión del contrato de compraventa de Acepar.

Así se desprende de un informe elevado en estos días al presidente de la República, Fernando Lugo, por el procurador José Enrique García, precisamente a raíz de la situación creada.

El documento, a cuya copia tuvo acceso nuestro diario, indica que la exigencia fue hecha por la representante del Centro Internacional de Resolución de Conflictos (CIRC) de Nueva York, la Dra. Carolina Cárdenas, cuya entidad es una de las filiales de la CIAC y tiene intenciones de gerenciar el arbitraje sobre Acepar.

García dice en su nota al presidente Lugo que la Procuraduría sostiene la improcedencia de dicho gerenciamiento "en la forma y condiciones" que pretende la gente de la CIRC-CIAC y que ante esa circunstancia debió rechazar la conminación realizada al Estado.

Argumentos nacionales

En una de las respuestas por escrito remitida recientemente a la Dra. Cárdenas se puede leer una serie de alegatos   desarrollados por la Procuraduría en defensa de su posición de no acepar la administración del arbitraje desde Estados Unidos.

Tras analizar la  esgrimida Acta de Guadalajara, la Procuraduría General "no halla disposición alguna que remita la administración de los casos CIAC al CIRC", pero sí ha encontrado en el Reglamento de Procedimientos de la Comisión que esa tarea lo puede hacer  el capítulo nacional, que es el Centro de Arbitraje y Mediación Paraguay (CAMP), dice la nota.

Aclara también que los acuerdos de la CIAC que están ratificados por nuestro país corresponden a la Convención de Panamá de 1975, aprobada por la Ley 611/76, por lo que aparentemente no le obliga a nada el Acta de Guadalajara.

Mientras todo esto se discute, el tiempo pasa y la pretendida definición de la situación de Acepar ya lleva esperando hace exactamente diez meses, y como si fuera poco, acompañada por un grave conflicto laboral.

El Estado promovió la demanda de rescisión ante la CIAC porque así está estipulado en el propio contrato de venta firmado el 10 de noviembre de 1997 con el consorcio comprador, Cosipar, hoy presidido por el polémico empresario ítalo argentino Sergio Tasselli.