Señala que las personas jurídicas y las empresas individuales de responsabilidad limitada que tengan el beneficio del régimen de turismo podrán registrarse únicamente vía internet, en la página Web de Tributación.
También dispone que todas las operaciones de compras y ventas realizadas por los importadores y distribuidores registrados tendrán que estar respaldadas únicamente por facturas. Además, cuando la enajenación se efectúa a extranjeros no residentes en el país, deberá consignarse el nombre y apellido del comprador, país de residencia y número de documento, pero cuando supere 100 dólares, se adjuntará a la factura copia del documento de identidad del adquirente de su país de origen o de residencia.