La ANNP inventó su propia “APP” sin un sustento jurídico suficiente

Para ceder el puerto granelero de Concepción por 20 años a Baden SA la ANNP emitió dos resoluciones que hacen referencia a un decreto, supuestamente con el objetivo de justificar la operación. Lo llamativo es que dicho decreto contradice el argumento del ente, pues solo le habilita a alquilar inmuebles para oficinas y no este tipo de operación. Aún así, concretaron la cesión bajo la figura de una “Alianza Operacional Estratégica”.

https://arc-anglerfish-arc2-prod-abccolor.s3.amazonaws.com/public/BAJZQCAEDRHPXPS57IXQD22ETU.jpg

Cargando...

“La alianza se sustenta en el Decreto N° 12297/08, numeral 8.1, el cual faculta a la ANNP a suscribir convenios de alianza comercial y operativa estratégica con empresas del sector privado, que le permitan mejores condiciones para la prestación de servicios portuarios. En ese contexto, se emiten las resoluciones 068/2014 y 169/2014, las cuales establecen el marco normativo y los requisitos básicos a los cuales deben adecuarse las empresas que quieran entablar una relación contractual bajo los parámetros de la Alianza Operacional Estratégica (AOE)”, dice la explicación oficial dada por la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP), en un intento de justificar la entrega del puerto a Baden SA, la empresa vinculada al padre del ministro de Obras Públicas, Ramón Jiménez Gaona.

Si nos remitimos al numeral 8.1 del Decreto 12297/08 vemos que este en ninguna parte menciona operaciones de esta envergadura, sino que apenas se refiere a que “el canon de arrendamiento de oficinas y espacios físicos, dentro de sus recintos portuarios, será establecido por resolución de la presidencia del directorio de la ANNP”.

Así, la Resolución N° 068/2014 del ente va mucho más allá del decreto en cuestión y hasta hace mención a la ley de APP, que es precisamente una de las leyes que se habrían violentado al ceder el puerto, y reconoce que inventaron una figura para concretar este negocio. “Conforme a la política del Gobierno Nacional, promotora de la ley de Alianza Público Privada, actualmente la Ley N° 5102/13, el directorio de la ANNP, dentro de los parámetros que constituyen una facultad exclusiva y luego de evaluar las necesidades de la institución, ha determinado la aplicación de una nueva figura denominada ‘Alianza Operacional Estratégica’, que permitirá, sobre las unidades portuarias de la institución, la asociación del sector público y privado a fin de lograr una efectiva reactivación, sin perder consecuentemente la posesión y control de las actividades en aquellas realizadas”, dice el documento.

En tanto que la Tesolución 169/2014, entre otras cosas, amplía el alcance de la anterior y vuelve a mencionar supuestas facultades de la ANNP que no aparecen en ningún escrito. “En ese mismo sentido, el Decreto N° 12297/08, Tarifario de la ANNP, faculta al directorio en el numeral 8.1, a ‘suscribir convenios de alianza comercial y operativa estratégica, con empresas del sector privado, que le permitan mejores condiciones para la prestación de servicios portuario’”, una afirmación que no existe en el decreto de referencia (todos estos documentos están en www.annp.gov.py).

Estas contradicciones se suman a otras anomalías denunciadas desde el sector privado, como la exclusión de oferentes que quisieron competir para explotar el puerto de Concepción, la vinculación de altos referentes del Gobierno con la firma adjudicada, las dudas sobre el monto realmente invertido por Baden SA en las instalaciones, entre otros cuestionamientos.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...