Limitan IVA 5% a alquiler de vivienda y a los medicamentos de uso humano

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La reforma tributaria propone limitar la tasa del 5% del IVA al alquiler de vivienda y a medicamentos de uso humano. Canasta familiar no varía.

El impuesto al valor agregado (IVA), en su mayor parte, se mantiene tal como está aún vigente, con tasas del 5% y 10%; pero de acuerdo con el proyecto de ley del Ejecutivo presentado a consideración del Congreso, incorporan algunas modificaciones.

En lo que respecta a alquileres, el proyecto propone una tasa del 5% para arrendamiento de inmuebles destinados a la vivienda de manera exclusiva, incluido el uso y usufructo de tales bienes.

La ley vigente, sin embargo, establece una tasa del 5% para el “arrendamiento y enajenación de bienes inmuebles”, lo que es mucho más amplio.

También en la reforma se dispone un IVA del 5% para la enajenación e importación de productos que estén registrados como medicamentos de uso humano ante el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; mientras que la ley vigente establece 5% para “enajenación de productos farmacéuticos”.

En el sector agrícola se incluye igualmente una modificación, tasa del 5% para los siguientes derivados primarios: elaboración de harinas, de aceites crudos o desgomados, expellers, pellets y similares.

Esta disposición se acompaña con el artículo 101, que dispone que “en las operaciones de exportación de productos agrícolas en estado natural, incluidos los derivados del primer proceso de elaboración o industrialización, tales como la elaboración de harinas, de aceites crudos o desgomados, expellers, pellets y similares, no procederá la devolución del IVA crédito consignado en las facturas que documentaron la adquisición de esos bienes exportables, incluidas sus materias primas.

Sin embargo, podrán obtener la devolución del IVA crédito consignado en las facturas que documentaron, la adquisición de los demás bienes y servicios afectados directa o indistintamente a las operaciones de exportación”. Actualmente, reciben la devolución en un 50%.

El impuesto que más recauda

El IVA es un impuesto indirecto y el que más aporta al Estado para financiar los elevados gastos presupuestados y lo paga el consumidor final con la compra de bienes o contratación de servicios gravados con este tributo.

Según los datos del Ministerio de Hacienda, la recaudación del IVA representa el 5% del PIB, y el 51,1% de todos los ingresos tributarios.

La cartera fiscal argumenta que con esta reforma impositiva se buscará que los impuestos directos tengan un mayor peso en la recaudación, con las modificaciones propuestas para el impuesto a la renta empresarial (Iracis) y la renta agropecuaria (Iragro), así como del impuesto a la renta personal (IRP). Con esto, según Hacienda, se reduciría la participación del IVA.