Citó que el mismo Acuerdo Energético de Caracas (AEC) dispone el mecanismo de negociación que debe ser de Estado a Estado. Acotó que las demandas contra un Estado se tramitan ante el tribunal de La Haya y no ante bancos internacionales.
“Esta deuda no es comercial y no puede ejecutarse como un pasivo comercial”, comentó.
Esta operación arrancó en el marco de un acuerdo bilateral entre la República Bolivariana de Venezuela y la República del Paraguay, avalada por el derecho internacional, por lo que necesariamente los representantes de ambas naciones deberán sentarse a negociar. Aquí Petropar y PDVSA son meros organismos ejecutores, solo agentes de cumplimiento de contrato.
El AEC habla de una financiación hasta 15 años de plazo con dos de gracia, lo que nunca se tomó y que bien podría plantearse ahora. “En este tema jamás se negoció de gobierno a gobierno, lo que deberá ocurrir ahora. Por lo tanto, PDVSA no puede imponer a Petropar ni al Paraguay condiciones diferentes a las que se encuentran estipuladas en el mismo acuerdo”, apuntó.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
