Piden acelerar legalización de lotes de reforma agraria

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La distribución de tierras a campesinos que encaró el Estado desde 1940 no fue acompañada con la titulación correspondiente, que es elemental en el proceso de arraigo, afirmó el experto agrario Hugo Jiménez de Recalde, quien instó a dar celeridad a los trámites.

La venta de derecheras (tráfico de derechos de propiedad) sobre los lotes entregados en el marco de la reforma agraria debe contrarrestarse con mucho rigor, insistió el experto agrario, e hizo referencia al proyecto denominado Sistema Integrado de Información de Recursos de la Tierra, que tiene previsto el Indert para lograr ese fin.

Explicó que dicha situación propició que el 62% de las tierras distribuidas en el marco de la reforma agraria todavía figure en el Sistema Nacional de Catastro del Ministerio de Hacienda como tierras del Indert. Según Jiménez de Recalde, esta descoordinación entre ambas instituciones estatales hace propicia la venta de derecheras.

Datos desactualizados

Según los datos brindados, la extensión de las tierras distribuidas a labriegos en la Región Oriental suman 3.185.977 hectáreas, de las cuales 1.974.303 hectáreas aún permanecen a nombre del Indert, según Catastro, en lugar de beneficiarios.

Incluso, muchas de las extensiones de tierras figuran bajo el nombre de instituciones desaparecidas, como el Instituto de Reforma Agraria (IRA), el Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el Departamento de Tierras y Colonias.

A nombre del Departamento de Tierras y Colonias figuran 9.451 ha, en tanto que el IRA todavía tiene 90.676 ha. El IBR, mientras, posee aún 301.917 ha. Los datos indican que a nombre del Indert, como ente creado en 2004, figuran 1.572.259 ha. La sumatoria resulta 1.974.303 hectáreas, que representan la extensión que falta legalizar, de acuerdo al consultor.

Suponiendo que, en adelante, el Indert no adquiera ninguna hectárea más de tierra, lo deseable es que en un tiempo determinado ya no figuren propiedades a nombre de la institución rural, agregó. Explicó que eso implicaría que todas las tierras fueron convenientemente distribuidas, que sus ocupantes cumplieron con las condiciones de pago y residencia y, en consecuencia, están efectivamente tituladas.

Reiteró que el Indert y Catastro no están alineados operativamente en los procesos de registro y titulación, a pesar de la vigencia de la Ley 2419/04, que crea el Indert y unifica en este ente la distribución de la tierra agrícola.

En su artículo 41, relativo a las funciones, la ley de referencia obliga al Indert a mantener un catastro agrario y ambiental, en coordinación con el Servicio Nacional de Catastro, el cual sistematizará y mantendrá información técnica actualizada de los inmuebles que conforman su patrimonio, incluidas informaciones y datos sobre caracterización ambiental, de aptitud agrológica y de uso del suelo.

El artículo 42, en tanto, exige al ente coordinar con el Servicio Nacional de Catastro programas operativos, proveyendo, además, información técnica a dicho ente. En la práctica, sin embargo, nada de esto se cumple, puntualizó Jiménez.