En ese sentido, las obligaciones fiscales reclamadas hasta el 31 de diciembre de 2011, en concepto de contravención, pendientes de cumplimiento ante la SET y las apremiadas por la Abogacía del Tesoro o en trámite contencioso administrativo, quedan reducidas a cincuenta mil guaraníes (G. 50.000).
Según informaron desde la SET, el recargo o interés al cual están sometidas las infracciones por mora queda reducido en un porcentaje del cero por ciento (0%) para las deudas en concepto de tributos previstas en la Ley Nº 125/91 y sus modificaciones.
El presente régimen transitorio beneficiará a aquellos contribuyentes que se presenten voluntariamente a regularizar su situación impositiva ante la SET, incluidos los casos que se encuentran en proceso de fiscalización o de determinación tributaria.
Además, podrán acogerse aquellos contribuyentes cuyas obligaciones impositivas consten en certificados de deudas y listados de deudas remitidos por la Administración Tributaria, que se encuentren registrados y apremiados por la Abogacía del Tesoro o se encuentren en proceso contencioso administrativo.
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El decreto faculta a las Direcciones Generales de Recaudación y de Grandes Contribuyentes de la SET y a la Abogacía del Tesoro a conceder facilidades de pagos a través del sistema informático Marangatu, hasta 24 cuotas mensuales sobre el monto obtenido luego de aplicar los beneficios contemplados en el decreto, con una tasa de interés del 1 por ciento (1%) mensual.
