Tributarista pide que precio sea más IVA y no IVA incluido

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La administración tributaria tendría que establecer en la reglamentación que el precio de los productos agropecuarios en estado natural sea “más IVA” y no “IVA incluido”, señaló el tributarista Julio César Piris da Motta sobre lo establecido en el decreto reglamentario, que se dio a conocer con la vigencia de las modificaciones impositivas.

El profesional explicó que la posición de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) manifestada a través de comunicados y que sería plasmada también en la reglamentación a ser emitida, es que todos los precios de bienes y servicios anunciados, ofertados o publicados por cualquier medio deberán, indefectiblemente, incluir el IVA, sin perjuicio de que sean discriminados en el comprobante de venta.

Puntualiza que la explicación oficial dice que no es que el precio tiene incluido el IVA, sino que en el momento de ofertar o publicar deberán incluir el tributo, lo que no implica que si uno hace un contrato no se pueda discriminar el costo del servicio y el impuesto.

Piris da Motta sostiene que si bien la SET aún está trabajando en la reglamentación para aclarar aspectos sobre la puesta en vigencia del Iragro, el IVA y otras modificaciones; así como en la preocupación acerca de la exigencia de que la fecha del comprobante debe ser coincidente con la emisión de la guía de traslado y transferencia de ganado, la duda se instaló sobre todo en cuanto al criterio de IVA incluido y la forma de facturar, situación que ya generó los primeros problemas.

No tienen precio de venta

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Expresa que los productos agropecuarios no tienen precio de venta ni son ofertados IVA incluido, son los compradores quienes determinan el precio.

“El productor no determina el precio, es el mercado de oferta y demanda pura, es uno de los pocos casos en que el vendedor no tiene intervención en la fijación de precios”, afirma.

Añade que en el caso del ganado, los carniceros o compradores en las ferias determinan el precio en los remates; en los frigoríficos, es el mercado internacional; y en los productos agrícolas, como por ejemplo la soja, es la bolsa de cereales de Chicago”, indicó.

Considera, además, que con los productos agropecuarios en estado natural empieza la cadena y no puede haber valor añadido en un producto que tiene crecimiento biológico, que es un principio de técnica tributaria y por eso originalmente se estableció la exoneración a los productos agropecuarios no solo en Paraguay.

Dos objetivos y situaciones

El tributarista explicó que el hecho de gravar los productos agropecuarios tiene dos objetivos: uno eminentemente para recaudar y alivianar la caja del estado sobre todo en forma mensual; y otro para cerrar el círculo de la reforma fiscal y el control en lo relativo al IVA.

Advierte que con este esquema de IVA incluido se pueden generar dos situaciones: primero, que se pierde la política recaudadora del impuesto, dado que en varios países los productos agropecuarios están exonerados, al ser IVA incluido, se reduce la base imponible, no es lo mismo 95 que 100.

Lo segundo, por el mismo fenómeno dado, directamente el fisco y los compradores, al ser IVA incluido, se están apropiando de parte del crecimiento autogenerado del bien, no del impuesto incluido en la venta como se da en la parte comercial. “El comerciante fija sus precios estimando su renta y sumándole ya la tasa del IVA al ofertar, posibilidad que el productor no tiene al no manejar sus precios”, aseguró el tributarista.