El último jueves se registraron al menos dos grandes incendios forestales que vuelven a llamar la atención acerca de un fenómeno reiterado, no siempre atribuible a causas naturales, sino también –y sobre todo– a la imprudencia humana, por decir lo menos. Los considerables daños económicos y medioambientales resultantes exigen que los organismos competentes apliquen la ley para prevenir tales siniestros y sancionar a los responsables.
El desatado en un campo vecino a la localidad de Río Verde, situada en el departamento de Presidente Hayes, causó una gran humareda que afectó a varios municipios del Bajo Chaco e incluso a la capital del país y a territorio argentino; exigió la intervención de dos helicópteros y de personal militar especializado en sofocar quemas similares. El ministro de Defensa, Óscar González, cree que el incendio fue provocado, tal como lo habrían sido los que ocurrieron en diversos sitios del país en septiembre de 2024, según Cristina Goralewski, presidenta del Instituto Forestal Nacional (Infona) desde 2018. El otro estalló cerca del arroyo Caañabé, junto a la Ruta PY01; fue combatido por quince bomberos voluntarios de Carapeguá, asistidos por otros de la ciudad de Paraguarí, que debieron retirarse para combatir otros focos en su zona de cobertura.
La triste historia se repite una y otra vez, pese a que la Ley N° 6779/21, “que tipifica el hecho punible de producción de incendios que afecten el medio ambiente y atenten contra la seguridad de las personas frente a riesgos colectivos” castiga con hasta cinco años de cárcel o con multa a quien, “violando normas relativas al manejo del fuego, causare incendios que afecten bosques, palmares, pastizales, matorrales, montes, cerros, plantaciones agrícolas y forestales, humedales, ganado, vida silvestre, campos comunales, rellenos sanitarios u otros lugares de disposición de residuos, parques urbanos, núcleos de poblaciones o lugares habitados”. La misma ley penaliza con hasta dos años de prisión o con multa a quien cometa el hecho mediante una conducta culposa. Quienes incineren basuras u otros desperdicios en rutas, caminos o calles, cursos de agua o sus adyacencias, deben ser multados.
De los nuevos siniestros referidos se desprende la vigencia de lo dicho hace un año y medio por la jefa del Infona: la ciudadanía espera castigos ejemplares para los autores de incendios forestales, “porque lo que hacen es criminal: la impunidad hace que esto continúe”. Valga como ejemplo que el ganadero Hugo Miguel Zelada, el único imputado en la causa abierta en 2024 por el incendio de unas 200.000 ha del cerro Chovoreca, declarado área silvestre en 1998, fue sobreseído, pese a haber recibido del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible una multa de 2.152.540.000 guaraníes, junto a Tomás Reiz y a Hugo Sebastián Jara.
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La práctica del rozado mediante el fuego conlleva el riesgo de incendios forestales, razón por la que el Infona, que el año pasado dispuso de 45.313 millones de guaraníes y tiene un Sistema de Monitoreo de Incendios Forestales, la había prohibido totalmente. La eficacia de las medidas preventivas, más importantes aún que las represivas, dependerá en gran medida de la concienciación de labriegos y ganaderos.
El daño que causan los incendios forestales no es despreciable, ni mucho menos. La vida y los bienes de las personas, así como la fauna silvestre, deben ser protegidos contra la ignorancia y la impunidad, aún vigentes. El Estado y la sociedad civil tienen que unirse para combatir este flagelo de todos los años.