El 20 de abril fue adjudicado el llamado para “Difusión de avisos de interés público en medios de comunicación” a la empresa “Giovanni Guerrero Publicitaria”. La ley 1626 señala taxativamente que: “h) intervenir directamente, por interpósita persona o con actos simulados, en la obtención de concesiones del Estado o de cualquier privilegio por parte del mismo que importe beneficio propio o de terceros”.
Guerrero confirmó que es correligionario del intendente, pero desmintió que haya algún tipo de privilegio o influencia. Añadió que hubo otros oferentes y se publicó el llamado a licitación en el portal electrónico de la Dirección de Contrataciones Públicas (DNCP).
“Nadie protestó, nadie impugnó”, acotó.
En cuanto a su situación en la función pública, dio a entender que por ser contratado y no permanente, puede participar de licitaciones de entidades del Estado.
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“Basta con leer la Ley 1.626 que dice en el artículo cuarto que debe haber un nombramiento de por medio y el artículo quinto determina referente al personal contratado, que es temporal y nos regimos por el Código Civil”, expresó.
Intentamos tener la versión del intendente, pero no respondió nuestras llamadas telefónicas. Estamos abiertos en caso de que desee referirse a la denuncia.
