Intendente luqueño aduce falta de recursos al defender tercerización

El intendente de Luque, Carlos Echeverría (colorado cartista), intentó ayer justificar la inconstitucional tercerización de cobro de impuestos inmobiliarios. Afirmó que la Comuna no cuenta con recursos para la contratación de profesionales para la actualización del sistema catastral. Dijo que la empresa adjudicada cumplió con todos los requisitos.

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LUQUE (Gladys Villalba Jara, corresponsal). El jefe comunal luqueño, Carlos Echeverría (colorado cartista), defendió ayer insistentemente la aplicación del proyecto de tercerización de cobro de impuestos inmobiliarios, a pesar de ser inconstitucional. Fue durante su visita en los estudios de ABC Cardinal.

Echeverría asimismo justificó la adjudicación del Consorcio Tributario, conformado por las empresas Relevamientos Catastrales SA y Relcat Paraguay SA y representado por Diego Cardona Herreros y Miguel Niella, para la puesta en vigencia del proyecto. Dijo que la Municipalidad no cuenta con los recursos necesarios para contratar profesionales para la actualización del sistema catastral y la implementación del sistema de cobro.

Según el intendente, la tercerización permitirá a sincerar los ingresos municipales. “La Municipalidad no tiene ni mil guaraníes para invertir en actualización de catastro. No contamos con recursos. La empresa tiene los profesionales calificados para hacer el trabajo”, añadió.

El intendente aseguró que la firma adjudicada reúne todos los requisitos. Sin embargo, no supo explicar las múltiples desprolijidades del proceso licitatorio como plazo de validez de la oferta y la póliza de garantía por parte de Consorcio Tributario.

Por otro lado, Echeverría se refirió al anuncio de los concejales liberales Francisca Franco y Rodrigo Blanco, de recurrir a la Corte Suprema de Justicia para solicitar la anulación del proceso licitatorio y afirmó que carece de fundamentos, porque en ningún momento se obró fuera de la ley. “No estamos entregando los tributos, hacer eso, si sería inconstitucional”, expresó.

Sin embargo, el contrato a ser firmado permite al Consorcio Tributario embolsarse con hasta el 27% de lo recaudado por impuesto inmobiliario. La Constitución Nacional, en su Art. 169, establece que “corresponderá a las municipalidades y a los departamentos la totalidad de los tributos que graven la propiedad inmueble en forma directa. Su recaudación será competencia de las municipalidades”. En tanto que el Art. 170 dice que “ninguna institución ente autónomo, autárquico o descentralizado podrá apropiarse de ingresos o rentas de las municipalidades”.

Cuestionada

Una de las integrantes del Consorcio Tributario, Relcat SA, cuenta con varias denuncias por irregularidades en servicios similares.

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