ABC
27 de octubre de 2026
Enfoque Cooperativo
ABC TV de 21:00:00 a 21:29:00
Ver ABC TV
De Todo un Poco
ABC Cardinal AM de 21:00 a 23:59
Escuchar ABC AM
Solo Música
ABC FM 18:00 a 23:59
Escuchar ABC FM
Enfoque Cooperativo
ABC TV de 21:00:00 a 21:29:00
Ver ABC TV
22º
Ahora
ver más
22º
Ahora
HOY
Min
14º
Máx
26º
undefined 2026-10-28
Min
18º
Máx
28º
undefined 2026-10-29
Min
17º
Máx
25º
undefined 2026-10-30
Min
14º
Máx
29º
undefined 2026-10-31
Min
17º
Máx
32º
undefined 2026-11-01
Min
18º
Máx
35º
Cotizaciones del día
DOLAR
Compra
5.720
Venta
5.970
PESO
Compra
1
Venta
10
REAL
Compra
1.080
Venta
1.190
EURO
Compra
6.100
Venta
6.850

La grosera entrega

Este artículo tiene 7 años de antigüedad

SAN BERNARDINO (De nuestra redacción regional). El leonino contrato firmado por el intendente Luis Aguilar y Afara Salomón Carrasco es por “asesoramiento, promoción y gestión”. Las partes acuerdan que el empresario debe pagar G. 2.600 millones por la explotación de las playas públicas Ciclovía y Rotonda, de los cuales G. 500 millones deben ser en efectivo; inversiones en infraestructura física (no se especifican las obras) por G. 1.000 millones y la organización de eventos por G. 1.100 millones.

Agregá ABC a Google como fuente preferida en tus búsquedas.

Uno de los puntos más groseros del contrato es que el primer pago, de G. 250 millones, la empresa lo hará recién en abril de 2021 (uno año después de que termine el periodo de gobierno de Aguilar), y el saldo, en dos cuotas de G. 125 millones, pagaderos en 2022 y 2023.

Aguilar dijo que todavía no se definió qué tipo de infraestructura física hará Afara Salomón por G. 1.000 millones, pero que consistiría básicamente en la reparación de construcciones que ya se encuentran en el lugar, como sanitarios, cantinas y vestuarios.

Cuando le consultamos a Aguilar por qué se considera como pago a la Comuna la “inversión” de G. 1.100 millones en la organización de eventos, dijo que el hecho de que lleguen visitantes a la ciudad, atraídos por las actividades realizadas, ya es una ganancia para la Municipalidad “porque la Municipalidad no es solo la institución, sino sus pobladores mismos”.

El artículo 5, inciso “i”, señala que la empresa podrá solicitar resarcimiento por los gastos generados por las construcciones hechas, “dependiendo de la naturaleza del bien incorporado”. También podrá pedir indemnización en caso de rescisión anticipada del contrato por la Municipalidad.

“El vendedor de bollos, los pequeños comercios, etcétera, serán los beneficiados, y con eso ya hay ingresos”, añadió.

La Municipalidad no realizó licitación para la concesión de explotación de playas. Aguilar dijo que no recurrió al procedimiento establecido por ley “porque nadie se presentaría, y estas oportunidades deben ser aprovechadas” (sic).

Lo
más leído
del día

01
02
03
04
05

Te puede interesar