El denunciante señala que “el juez Alfieri Duria no observó en ningún momento mis garantías constitucionales, el derecho internacional y el Código Procesal Penal para litigar en igualdad de condiciones procesales contra Roberto Eudez González Segovia, como está consagrado en los artículos 46 y 47, inc 1 y 2 de la Constitución Nacional, además del artículo 248 de la Carta Magna y los artículos 9 y 12 del Código Procesal Penal”.
El pasado 26 de junio el juez Alfieri Duaria le condenó a Barrios Cristaldo a dos años de prisión con suspensión de la ejecución de la condena y al pago de G. 90.000.000 como compensación para los querellantes hermanos Roberto Eudez, Cayo Antonio y Víctor Luis González Segovia, en la causa sobre difamación, calumnia e injuria.
El caso se inició en noviembre de 2015 cuando los hermanos González presentaron la querella contra Barrios, quien supuestamente los calumnió en una entrevista radial. Todos los afectados en este caso son caudillos provenientes del departamento de Cordillera, pero Barrios en principio era afiliado del Unace, para después pasarse a las carpas del cartismo y que ahí se inició la enemistad con los hermanos González, quienes eran nicanoristas y hoy responden al movimiento “Añetete” de la ANR.
Finalmente, el caso llegó al juicio oral y ayer los querellantes solicitaron al juez Alfieri que condene a Barrios a la pena de tres años de cárcel. También solicitaron una compensación económica de US$ 700.000.
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