CIUDAD DEL ESTE (De nuestra redacción regional).La multa por la infracción ronda los 130 reales –equivalentes a unos G. 250 mil–, que se deben abonar para continuar el viaje.
La Policía Caminera paraguaya también está autorizada a multar a los infractores de esa normativa, cuyo monto supera los G. 300.000.
Muchos conductores de vehículos se mostraron sorprendidos y enojados por la medida aplicada por agentes de la Policía Rodoviaria de Foz de Yguazú, Brasil.
Los uniformados brasileños hacen las verificaciones en horarios rotativos.
El secretario general de la Federación de Taxistas de Ciudad del Este, Enrique Rolón, manifestó que son frecuentes los controles de los vehículos que ingresan al territorio brasileño. Dijo que la tolerancia máxima es de 30% de polarización y que están prohibidos los que son “espejados”.
“Lo recomendable a todos es que se deshagan de sus polarizados a fin de evitar algún inconveniente con los agentes de la Rodoviaria y Foztrans, que son los de la Municipalidad de Foz de Yguazú”, alertó.
De acuerdo al artículo 2º de la resolución 73 del Contran brasileño, la aplicación de película no reflectiva en las áreas de vidrios de los vehículos será permitida si se respetan las siguientes condiciones: “la transmisión luminosa del conjunto vidrio-película no podrá ser inferior a 75% en el parabrisas y de 70% para los demás, especialmente en los vidrios que no intervienen en las áreas de visión indispensables para la conducción del vehículo, desde que permitan como mínimo el 50% de visibilidad luminosa”.
En Paraguay, la Ley 22094, en su artículo 27, establece que como máximo se permitirán polarizados del tipo “AT35”, y su infracción puede conllevar a una multa de cinco jornales mínimos, es decir, G. 318.890, según explicó el subjefe regional de la Policía Caminera, Blas Ponce.
