Los camaristas Santiago Brizuela, Ramón Ynsfrán y Víctor Caballero confirmaron la sentencia de indemnización por daños y perjuicios de la jueza de la Niñez y Adolescencia de Luque, María Cristina Escauriza. La jueza había fijado G. 647.299.798 por lucro cesante, pero el Tribunal de Alzada aumentó el monto por “daño moral” en G. 700.000.000 más la aplicación a la fecha del 2% de intereses, debiendo ser la misma el 10 de octubre de 2009. Finalmente, la indemnización quedó en G. 1.097.299.798.
Los abogados Rodolfo Ehrecke y Gustavo Ántola, representantes de los padres de la niña fallecida (Roque Zacarías Oviedo y Mirtha López de Oviedo), explicaron que Bárbara Luján falleció en la piscina de olas del Rakiura y que con este juicio quedó comprobada la negligencia de la rescatista Fredde Ayala, y las inadecuadas instalaciones del club.
La Cámara dijo que hubo negligencia de la socorrista acuática Fredde Ayala, quien no acudió al rescate de la niña en tiempo oportuno, y que las instalaciones del Rakiura Club adolecían de “numerosas deficiencias en cuanto a las medidas de seguridad, prevención y gestión de accidentes, todo ello sumado a la ausencia de una ambulancia en el predio del club durante la realización del evento, circunstancias todas que, sin lugar a dudas, cooperaron activamente en la producción del daño y que llevan a concluir que debe atribuirse la responsabilidad del hecho a los demandados, también a través de la teoría del riesgo creado”.
En cuanto al “daño moral”, el preopinante Santiago Brizuela –a cuyo voto se adhirieron sus colegas– dijo que tuvo en cuenta las declaraciones del psiquiatra y la psicóloga de los padres de la niña. “Señalaron de manera explícita y comprensible sobre los profundos padecimientos y secuelas permanentes que deberán soportar de por vida, desarrollando trastornos depresivos, tristeza patológica, entre varias heridas espirituales. Agrega: “Entendemos claro que no existe una medida de dolor, y que ningún fallo puede compensar la pérdida de su hija, pero con ilustraciones de los profesionales se ha llegado casi a comprender el padecimiento y dolor por el trágico fallecimiento”.
Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy
Ni ambulancia ni señalización
En una parte del fallo contra el club Rakiura y la salvavidas Fredde Ayala, la Cámara de Apelaciones de San Lorenzo indica que, en la investigación penal, el Ministerio Público corroboró mediante una pericia que el club tenía numerosas falencias, como la falta de diferenciación entre el sector de mayor profundidad a playo, y que la piscina va descendiendo en forma de rampa y no se encuentra dividida por ninguna señalización o elemento físico. Además, se comprobó que no contaba con puestos de enfermería o salvataje y ambulancia dentro del predio.
