No hubo “valoración armónica” de elementos

Los camaristas Gustavo Santander Gustavo Ocampos y Delio Vera Navarro fueron los que anularon el fallo del Tribunal de Sentencia. El argumento es la fundamentación insuficiente.

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“Notamos que no se ha realizado una valoración armónica y conteste de todos los elementos de convicción producidos en el debate oral y público. Es así, debido a que se aprecia que el Tribunal de Mérito no ha realizado un análisis de todos los elementos de convicción que fueron producidos en el debate oral”, señaló Santander a cuyo voto se adhirieron sus dos colegas.

“El Tribunal de Sentencia no ha expuesto porque ha descartado determinadas pruebas, o se ha expedido o ha omitido hacer mención de elementos como el memorándum en donde las acusadas se obligan a no divulgar sus usuarios y contraseñas. El informe del IPS sobre el perjuicio patrimonial. Tampoco se ha referido a la conclusión de la perito Vilma Iroz, en la cual hace mención de que las acusadas devolvieron sumas de dinero. Tampoco hace referencia a que las empresas tuvieron que pagar la suma no ingresada, entre otras cosas. Entonces, el Tribunal ha incurrido en un error de valoración probatoria, atendiendo que ha realizado un análisis parcial de los elementos que ingresaron durante el juicio oral”, acotó.

“Eso es palpable a simple vista por el hecho de que no se han expedido sobre estos elementos que detallamos líneas anteriores, cuando es obligación del Tribunal analizar y valorar todas las pruebas puestas a su disposición, hacer un análisis en conjunto de todos ellos, explicar porque da un valor positivo a uno y a otro otorga un valor negativo, o porque no puede ser utilizado para la acreditación del hecho, entre otros”, dice la Cámara que anula el fallo y ordena un nuevo juicio.

 

 

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