En opinión de la penalista abogada María Gloria Bobadilla, para ejecutar la figura del desacato, la nueva ley exige a las autoridades judiciales que las resoluciones sean específicas y que su incumplimiento sea claro.
“En ocasiones, las resoluciones judiciales no son claras, y es bien sabido que el que lo ejecuta debe interpretarlo sin equívocos. Es decir, los jueces deben ser claros y no emitir resoluciones ambiguas o que se presten a confusiones”, indicó la letrada.
Agregó: “Los abogados hemos clamado por una ley de desacato en razón de que muchas de las órdenes judiciales emanadas de los juzgados son letra muerta en la práctica, y no tienen la efectividad que se pretende después de litigar por años en los tribunales. Es decir, se torna de imposible cumplimiento para quien requiere de justicia”.
La abogada indicó que la orden judicial es un mandato directivo que requiere que se cumpla un acto específico. Dijo que una de las órdenes más sensibles es el que ocurre en el marco del derecho familiar. Una orden judicial podrá dictaminar las visitas a los niños o entrega de menores, la que debe ser realizada con total cautela para que no existan procesos injustos.
Bobadilla alertó que “es de suma importancia revisar la orden judicial para determinar si la misma dictamina la realización de un acto específico, comparar su lenguaje con los hechos del caso, y evaluar si es razonable establecer que se produjo un incumplimiento, para denunciar y abrir el proceso por desacato”.
Las sanciones por el incumplimiento dependerán de los motivos por los cuales se incumplió la orden judicial; el incumplimiento deliberado puede traer como consecuencia una sentencia de cárcel. Si la orden judicial carece de claridad, debe presentarse una acción por separado que busque modificar la orden previa, insistió.
El Código Penal vigente había eliminado el “Desacato” e incorporó la figura de la “Resistencia” en el Art. 296, pero la misma va dirigida contra las personas que agreden a funcionarios que debe ejecutar leyes, decretos, sentencias o disposiciones judiciales, según la letrada.
