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Rechazan pretensión de torturadores que querían cobrar sus jubilaciones

Este artículo tiene 11 años de antigüedad
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El Tribunal de Cuentas confirmó el decreto presidencial que dio de baja del cuadro de la Policía Nacional “por faltas graves cometidas” a los comisarios Camilo Almada Morel, Lucilo Benítez Santacruz y Juan Aniceto Martínez, procesados y condenados con sentencia firme de 25 años de cárcel por la tortura y muerte de Mario Schaerer Prono. Querían cobrar sus jubilaciones.

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Por unanimidad los camaristas de la primera sala Amado Verón, Rodrigo Escobar y Martín Ávalos sostuvieron en el Acuerdo y Sentencia N° 57 del 18 de marzo de 2015, que la decisión del presidente de la República (Fernando Lugo) de dar de baja al comisario principal (R) Camilo Almada Morel, al comisario mayor Nicolás Lucilo Benítez Santacruz así como el subcomisario Juan Aniceto Martínez Amarilla, está ajustada a las disposiciones legales de la Ley N° 222/93 “Orgánica de la Policía Nacional”.

Los magistrados refieren que la Constitución Nacional establece en el Art. 175 referente a la Policía Nacional, que “es una institución profesional, no deliberante, obediente, organizada con carácter permanente y en dependencia jerárquica del Poder Ejecutivo...”.

Agregan que por la fundamentación constitucional expuesta se sostiene que el decreto dictado por el Ejecutivo se realizó conforme a derecho, y en consecuencia corresponde confirmar el Decreto N° 3378 del 10 de noviembre de 2009 y el Decreto N° 3455 del 15 de noviembre de 2009, por los cuales se les dio de baja de la Policía a los recurrentes.

Antecedente

En la sentencia N° 206 de la Sala Penal de la Corte que confirmó la pena de 25 años para los exagentes policiales, por el homicidio de Mario Schaerer Prono, el entonces ministro Wildo Rienzi dijo: “tanto de la prueba documental, testifical y de otra índole rendidas en autos, me demuestran que en la época en que se produjeron los sucesos que desembocaron en el homicidio de Schaerer Prono, en el Departamento de Identificaciones, era una rutina común torturar a las personas detenidas en dicha dependencia. Esta práctica en los casos llamados políticos era común durante el régimen stronista, y subía de tono con las torturas a las que eran sometidos los supuestos implicados en actividades subversivas, aplicadas como castigo y para sacar información. No tengo dudas de que los señores Almada Morel, Benítez y Martínez se asociaron para delinquir, bajo las órdenes del jefe de Investigaciones Pastor Coronel para asesinar brutalmente a Schaerer Prono”.

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