El director de Aporte Obrero Patronal (AOP) del IPS, Pedro Javier Cano, señaló que por su carta orgánica, el Instituto de Previsión Social está solamente facultado a promover acción judicial de cobro en guaraníes contra las empresas en falta.
Recordó que por esta razón, el IPS había presentado un proyecto de ley de penalización para que la evasión de los aportes obrero-patronales sea configurada dentro del Código Penal Paraguayo como una figura delictiva.
La situación más grave es que muchas empresas están operativas y descuentan el porcentaje correspondiente a sus empleados, pero las mismas no aportan luego a la previsional, aún con la demanda vigente.
“Al IPS solo le consta que la empresa no paga su obligación, como institución no nos consta el descuento. Por esta razón es el trabajador quien debe denunciar por apropiación a los empleadores”, explicó Cano.
Reiteró que lo único que puede hacer la institución es demandar a la empresa, lo cual es algo que realizan constantemente.
“A las empresas que tienen bienes se las embarga y se espera el remate de los mismos hasta que se dicte sentencia, y a las que no tienen bienes, se les inhibe”, expresó, y añadió que en el caso de los remates, el dinero va destinado a IPS, que lo aplica al aporte de los trabajadores afectados, para que estos puedan jubilarse.
Explicó que la institución cuenta con 36 inspectores, quienes verifican los documentos de las empresas in situ, tanto en Asunción y Central, como en el interior.
Proyecto de ley
Pedro Cano señaló que el año pasado se hizo una audiencia pública en el Congreso, donde los diputados Aida Robles y César López (integrantes la Comisión de Justicia y Trabajo) presentaron un proyecto de ley para penalizar la evasión a la previsional.
Cano señaló que esta medida se aplica en otros países y sería un recurso para erradicar la impunidad.
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