Registro de sucursales de empresas se realiza por separado, según MJT

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El Ministerio de Justicia y Trabajo (MJT) dispuso que el registro de las sucursales de las empresas se haga por separado. Este mecanismo facilitará el procedimiento, en los casos de cierre, porque si una patronal tiene un solo registro y quiere clausurar una de tres o cuatro sucursales, evitará cerrar toda la cuenta tanto en IPS como en la secretaría de Estado.

Isabel Martínez, de la Dirección Obrero Patronal del Ministerio de Justicia y Trabajo, explicó que el registro de habilitación de empresa por separado y no en una sola matriz obedece a una unificación de criterio para adecuar la inscripción al Decreto 580/08, y al mismo tiempo con los registros de IPS y Hacienda.

Explicó que en esa disposición se pide a las empresas que habiliten un número patronal independiente a las sucursales.

El decreto también establece los procedimientos para el cierre.

Según Martínez, algunas empresas inscribieron sus sucursales con un número de patronal, y en dos o tres meses o un año decidieron cerrar una de sus sucursales. Sin embargo, la disposición establece clausura de la cuenta en IPS para el cierre en el Ministerio; entonces no se podría cerrar en IPS, porque se estaría clausurando, a causa de una sucursal, a las demás que están con el mismo registro.

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Agregó que es un procedimiento que no se previó; entonces, para facilitar a las empresas, con un trámite de 48 horas en IPS, se puede tener un nuevo número de patronal y se hacen independientes las cuentas.

Cuando le mencionamos que la habilitación de cuentas separadas llevaría a reestructurar a numerosas empresas con sucursales, la funcionaria minimizó el procedimiento que se debería realizar e indicó que, contablemente, las empresas siempre se estructuran por separadas.

“La separación existe en materia administrativa, y los cambios que se promueven es a solo efecto de adecuación a la totalidad”, apuntó, y a continuación citó a modo de ejemplo a Toyotoshi y Supermercado España, que ya han adecuado su registro al sistema.

Para la funcionaria, la ventaja radica a la hora del cierre. “El Decreto 580 dice que cuando se cierra una empresa, el MJT debe pedir la clausura de su cuenta en el IPS y si se tiene 10 sucursales en una sola patronal, y se quiere cerrar una, quedará trabada porque al pedir la cancelación se estaría también cancelando a las otras que figuran en una sola matriz”, reiteró.

El nuevo mecanismo para el registro por separado comenzó a implementarse a fines del 2011, en virtud de un acuerdo de cooperación con el IPS.

“Es un poco tedioso realizar los trámites, pero se puede terminar en 48 horas”, resaltó.

Actualmente, más de 100 empresas ya fueron inscriptas con sus sucursales totalmente independientes.

Aclaró que estos trámites no afectan la antigüedad del trabajador. Lo ideal es habilitar un número patronal en la localidad y a ese nuevo registro se hace la transferencia de los trabajadores con toda su antigüedad. Este trabajo se realiza una sola vez, así como están separados en los libros contables.

Algunas empresas también denunciaron que las Fuerzas Armadas, a instancias del Ministerio de Justicia y Trabajo, estarían controlando si el personal cumplió el Servicio Militar Obligatorio. El viceministro del Trabajo, Raúl Mongelós, indicó al respecto que la cartera de Estado no realiza ni impulsa ese control.

Aclaró, finalmente, que como Ministerio se encarga solo del cumplimiento del Código Laboral.

Disposición promulgada

El Decreto 580/08 del Poder Ejecutivo establece la creación del Departamento de Inscripción obrero patronal, reglamenta el registro obrero patronal y establece sanciones por su incumplimiento.

A fin de cumplir con lo estipulado en esta disposición, las empresas deberán habilitar un número patronal independiente a sus sucursales, según explicaron funcionarios del Ministerio de Justicia y Trabajo.

El objetivo es facilitar el cierre de algunas de las sucursales sin tener que afectar a la empresa matriz.