El IRP y las confusiones que genera

Este artículo tiene 10 años de antigüedad
Imagen sin descripción

Faltan solo unos pocos días para la presentación de declaración de liquidación de la Renta Personal y más de 25.000 contribuyentes, muchos de ellos funcionarios públicos y de entidades binacionales, no comprenden la autonomía del Derecho Tributario para regular lo que se considera: ingreso, gastos o inversiones, a la hora de pagar el Impuesto a la Renta Personal.

Confusiones en los ingresos

Si un ingreso no se ha declarado, ello hará que exista un pago inferior del impuesto, sin que se pueda alegar “yo no sabía”.

Muchas confusiones para los funcionarios públicos sobre los viáticos

Muchos funcionarios no consideran a los viáticos sobre los cuales no se rinden cuentas como parte de sus ingresos.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

De acuerdo a las reglas aplicables al IRP, cualquier ingreso recibido sin obligación de rendir cuentas se encuentra afectado al impuesto por considerase “remuneración”.

Para que dichos viáticos no formen parte de los ingresos de los funcionarios es necesario que los mismos presenten la correspondiente rendición (ver cuadro adjunto).

Muchas confusiones en los trabajadores dependientes con relación a las remuneraciones no dinerarias La percepción de remuneraciones en especie, como vales de todo tipo, pago de alquiler, indemnizaciones, gratificaciones, bonificaciones, etc., etc., en la gran mayoría de los casos están gravados por el IRP, y por tanto deben incluirse en la sumatoria del RNI y declararse como ingresos gravados si ya se es contribuyente.

Y los profesionales independientes no se quedan atrás, también existen confusiones en lo que en realidad constituyen honorarios profesionales y dinero recibido de clientes para el pago de gastos por los cuales no se ha rendido cuenta.

Es que a pesar de que el IRP rige desde agosto del 2012, parece que los contribuyentes y potenciales contribuyentes están más preocupados en generar ingresos que en cumplir con sus obligaciones tributarias y muestra de ello es el desconocimiento de este impuesto y también del IVA, que afecta a la mayoría de las personas físicas.

¿Por qué debo pagar por el dinero ahorrado?

¿Puedo deducir el préstamo tomado antes de ser contribuyente?

¿Cómo hago con los CDA, Bonos?

Defraudación

Es la sanción más grave de la Ley Nº 125/91 que se castiga sin poder alegar ignorancia de la ley, con una sanción entre una y tres veces el impuesto dejado de ingresar, lo cual hace que un monto “pequeño” dejado de ingresar al Fisco, es decir, de declararlo en la liquidación, se convierta en un monto “enorme”. Esto mismo puede ocurrir por usar gastos deducibles en forma errada.

Pero nuestra renta personal en comparación a las que rigen en otros países es muy benévola pues permite deducir “casi todo” y hasta los gastos e inversiones del cónyuge no contribuyente del IRP, hijos menores de edad, hijos mayores de edad que estudian en el país o el exterior, gastos de padres abuelos, suegros, hermanos, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la ley, pueden ser deducibles.

Es posible invertir inteligentemente en compra de inmuebles, construcciones, sociedades, acciones y mucho más y pagar menos IRP.

Este es un impuesto justo e importante para toda la ciudadanía y para la formalización de la economía y el desarrollo de nuestro querido Paraguay, con una tasa muy baja: 8% o 10%.

Basta ya de excusas, a nadie le gusta pagar impuestos, y menos cuando existe una mala administración, pero esto no es excusa. Pagar los impuestos en tiempo y forma es el precio del desarrollo del país al cual estamos todos llamados a contribuir.

* Abogada especialista en tributación y asesoría en inversiones.