Sin embargo, eso no es verdad. Es una manipulación política y como tal no merece ningún respeto. Pero la ciudadanía sí se merece una explicación respetuosa.
Este caso no se trata solamente de una mera interpretación disímil del texto constitucional, sino de que se está negando desvergonzadamente el contexto histórico-político en el cual se redactó la Constitución, se está tirando por la borda los logros de quienes lucharon por la democracia tras siete periodos presidenciales ininterrumpidos del mismo dictador, y se está pisoteando la cláusula que oxigenó el sistema político paraguayo permitiendo el recambio en el poder como nunca antes en nuestra historia. Por supuesto, siempre se puede debatir si la democracia paraguaya alcanzó un desarrollo tal que haría pensar en otras posibilidades, otras soluciones. Pero, lo que no se puede hacer es pretender alterar con maña y deshonestidad los efectos conocidos y vigentes de una norma constitucional.
Entonces, es correcto que la Constitución haya establecido que el presidente no pueda ser reelecto, dado que esa fue y es su intención, no volver a tener nunca más un presidente que ya fue presidente. A partir de que una persona llega a la presidencia, por elección o sucesión, es que empieza a regirle personalmente la prohibición. No antes. Y la misma se extiende en el tiempo a todos los casos posibles de reelección presidencial. Básicamente, son dos: la reelección inmediata, para el periodo presidencial que inmediatamente continúa, y la no inmediata o alterna, donde se deja uno o más periodos de descanso y luego nuevamente se autoriza la reelección. Expertos internacionales como Dieter Nohlen y Daniel Zovatto (Tratado de Derecho Electoral Comparado de América Latina) coinciden con la unánime doctrina nacional que el Paraguay cuenta con una prohibición absoluta de reelección, la cual incluye la prohibición de reelección alterna. Sus obras están a un click de distancia en internet.
Por el contrario, la insólita y aislada posición manipuladora intenta sostener su falso argumento solamente en el hecho de que la Constitución no dice expresamente “los expresidentes no podrán”, sin tener en cuenta que un expresidente, cuando es electo nuevamente, se convierte necesariamente en un presidente reelecto, lo cual está expresamente prohibido por la Constitución (el presidente no podrá ser reelecto!). Entonces, también en este caso se llega a un resultado prohibido constitucionalmente. Reelegir significa simplemente: volver a elegir, así a secas está definido en el Diccionario de la Lengua Española.
Además, intentar reducir la prohibición absoluta de reelección a una prohibición relativa solo aplicable a presidentes en ejercicio y no a “expresidentes” no tiene sentido lógico. Pues, bastaría que el presidente renuncie unos meses antes, su vicepresidente asuma el cargo, y ya el presidente se libraría, supuestamente, de la prohibición de reelección al pasar a ser un expresidente. Pero el derecho no opera de ese modo, por oscuros atajos, la política manipulativa sí.
Cabe insistir también que la prohibición es continua en el tiempo y perenne, no se interrumpe en ningún caso. En ese sentido, tampoco importa si el presidente terminó con buenas calificaciones sus funciones o si fue destituido por mal desempeño antes de terminar su mandato. Eso es irrelevante en materia de reelección, pues la pretensión de la prohibición es que esa persona, independientemente de haber sido un buen o mal presidente, ya no vuelva a ejercer ese cargo. Para casos de mal desempeño está el juicio político.
No todo requiere estar escrito en la Constitución. La palabra “prohibición” no está, solo dice “no podrán”. Y el principio de alternancia personal en el gobierno de la República está implícito en la prohibición de reelección presidencial. Son las dos caras de la misma moneda. Entonces, una prohibición absoluta “en ningún caso” impide que una persona que fue presidente vuelva a ser presidente en cualquier caso. Dicha prohibición constitucional pavimentó el acceso al poder de la izquierda, así como el retorno del Partido Colorado. Trata a todos por igual y no impide que los partidos políticos se mantengan en el poder por más de un periodo presidencial, aunque les exige contar con alternativas de renovación. Eso sí, la Constitución deja una lección política que a algunos parece les cuesta aprender: los liderazgos presidenciales son temporales, agruparse alrededor de principios y programas políticos es a largo plazo.
Próxima entrega: Certeza constitucional y reelección presidencial
* Investigador jurídico independiente