Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial están envueltos en un caos jurídico a causa de posiciones enfrentadas por el caso de Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea (fallecido) destituidos de la Corte Suprema de Justicia mediante juicio político el 13 de diciembre del 2003.
Los dos exmagistrados demandaron en el 2004 al Estado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Ambos pidieron reintegrarse al cargo o indemnización.
El Estado paraguayo (incluido contradictoriamente la Justicia que ordenó la reposición en el cargo) ratificó la semana pasada la decisión a la CIDH de la Organización de los Estados Americanos (OEA) de ir a juicio en el caso Bonifacio Ríos Ávalos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
La CIDH recomendó al Estado la reposición en el cargo de ministro o indemnización. El Estado rechaza la propuesta y litigará.
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Sin embargo, el lunes pasado se conoció la decisión del recurso de aclaratoria planteado por Bonifacio Ríos Ávalos sobre la sentencia N° 941 de fecha 30 de diciembre del 2009, que ordenaba la reposición de Ríos Ávalos a su cargo de ministro, destituido el 13 de diciembre de 2003 por la Cámara de Senadores.
La Sala Constitucional integrada por el ministro Manuel Ramírez Candia y los camaristas Cristóbal Sánchez y Antonia López (por inhibición de los demás miembros de la Corte) se pronunció sobre las aclaratorias y tomó como base el resultado del polémico fallo del 2009.
En mayoría, Sánchez y López indicaron que las costas (gastos del referido juicio) deben ser pagadas en el orden causado, es decir, por el accionante Ríos Ávalos y por el demandado, el Senado. Es más, Ramírez Candia votó que las costas sean pagadas por los senadores que votaron por la destitución de Ríos Ávalos.
Sin embargo, en ninguna parte de la resolución de las aclaratorias la Sala Constitucional se pronuncia sobre lo que fue en su momento la decisión del pleno de la Corte que había declarado la privación de eficacia de esa sentencia (5 de enero de 2010). El polémico fallo que revoca la remoción de Ríos Ávalos sigue vigente, pese que esto les costó el cargo a tres camaristas, destituidos por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (ver mañana en el semanario Mundo Judicial).
