Condena de Víctor Bogado y su “niñera” ya se puede ejecutar

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LAS OBLIGACIONES PARA LOS CONDENADOS
LAS OBLIGACIONES PARA LOS CONDENADOSArchivo, ABC Color

La Sala Penal de la Corte, integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia, Miryam Peña y el camarista Gustavo Santander, no hicieron lugar al recurso de aclaratoria que plantearon el exsenador Víctor Bogado (ANR, cartista) y su “niñera de oro” Gabriela Quintana. De esa manera la condena por cobro indebido de honorarios, firmes para ambos, ya se puede ejecutar. La defensa de Bogado dijo que recurrirá a tribunales internacionales.

Los miembros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazaron las dos aclaratorias presentadas por los condenados. Primero, analizaron la de Víctor Bogado quien en su pedido cuestionaba la competencia de los integrantes de la Sala Penal, más específicamente la del camarista Gustavo Santander, así como también la falta de estudio de la prescripción y extinción de la acción penal.

Pero los integrantes de la Sala Penal le aclaran al exsenador colorado que todos los puntos que expuso, no son cuestiones que puedan ser resueltas por la vía de la aclaratoria, porque no se refieren a puntos oscuros, errores materiales o cualquier omisión que se haya podido cometer en el acuerdo y sentencia dictado por la Sala.

Por todo esto, no se hace lugar al pedido de aclaratoria en el caso de Víctor Bogado.

A su turno, también se analizó la aclaratoria de la otra condenada Gabriela Quintana, quien fundó su pedido en que los miembros de la Sala Penal no se expidieron sobre dos puntos expuestos en el recurso extraordinario de casación que plantearon anteriormente y que son: la prescripción de la sanción penal y la extinción de la acción penal. Una vez más, los magistrados le señalaron que eso no se puede estudiar en un recurso de aclaratoria, ya que esos puntos ya fueron resueltos y ahora solo se pueden aclarar errores de forma y no de fondo. Por ende, también se rechazó su pedido.

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De esta manera, la sentencia condenatoria en dos instancias contra Víctor Bogado por cobro indebido de honorarios, en calidad de cómplice y Gabriela Quintana en calidad de autora que ya estaba firme, ahora será enviada al juzgado de Ejecución para que se puede ejecutar el fallo dictado en juicio oral y público.

El juzgado tendrá que vigilar durante dos años que los condenados vayan cumpliendo con las obligaciones a las que fueron sometidos (ver infografía). De faltar a una de ellas, se debe ordenar la prisión y complimiento de la pena a la que fueron condenados.

Condena

El 3 de mayo pasado, un tribunal de sentencia integrado por Elio Ovelar, Juan Carlos Zárate y Víctor Medina, encontró culpables a Víctor Bogado y a Gabriela Quintana del hecho de cobro indebido de honorarios y los sentenció a un año y un año y medio de cárcel con suspensión de la ejecución penal.

El fallo fue apelado y, el 23 de setiembre pasado, el tribunal de apelación integrado por Cristóbal Sánchez, Pedro Mayor Martínez y Mirtha González, confirmó de manera unánime el fallo de primera instancia.

Los condenados recurrieron a la Corte por la vía de la casación que les fue denegada y la sentencia quedó firme. Ahora, al no hacer lugar al último recurso que tenían, que era la aclaratoria, quedó lista para ser ejecutada.

El abogado Óscar Germán Latorre, en representación del condenado exsenador Víctor Bogado, luego de seis años de chicanas y dilaciones, ahora anuncia que llevará el caso de su defendido a los estrados internacionales.

Anunció que irán hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos en busca de justicia.

Sin embargo, el fallo en los tribunales de Paraguay ya no podrá ser modificado y quedará en los antecedentes de ambos condenados la pena a la que fueron sentenciados.

El caso conocido como “la niñera de oro”, que se inició el 24 de octubre de 2013 con la imputación fiscal, llegó a su fin a dos días que el caso prescriba. Víctor Bogado y su “niñera de oro” no pudieron llegar a la tan ansiada impunidad de sus delitos con las chicanas.