El trámite, que es con miras a las elecciones municipales del 8 de noviembre de este año, se debe hacer durante todo enero, según al Art. 144 del Código Electoral.
La tacha es un procedimiento por el cual una persona puede pedir la exclusión de otra del RCP, mientras que el reclamo es un trámite en que una persona pide correcciones de algún dato sobre su inscripción, explicaron en la Justicia Electoral. Señalaron que los motivos para tachar a una persona del RCP son: por defunción, condena judicial firme, fijación de domicilio falso o en lugar donde no reside o que cuente con algún tipo de prohibición. Las solicitudes se presentan en un formulario que se distribuye en las mismas oficinas del Registro Cívico.
