En el artículo N° 73 que habla de la “Falta o Contravención” de la citada norma se agregó el párrafo: “Se promoverá la utilización de las tecnologías de la información y comunicación, así como de cámaras fotográficas, videocámaras u otros medios tecnológicos para la comprobación fehaciente de las faltas o contravenciones. Las municipalidades reglamentarán por ordenanza el uso de dichas tecnologías tanto para el caso de instalación propia, el uso por medio de funcionarios, así como también de cualquier persona por sus propios medios”.
Y la otra modificación introducida es en el artículo N° 97 de Contenido y Remisión de Acta que además de lo ya establecido, agrega que en el acta de las denuncias presentadas con videos o fotos “el funcionario deberá redactar un acta a distancia del lugar y en un plazo perentorio de cinco días hábiles a partir de la ocurrencia de uno o varios hechos que pudieran constituir falta, recabadas de las informaciones proveídas por estos medios y en ausencia del supuesto infractor, quien deberá ser fehacientemente identificado, pudiendo refutarlas en el proceso que diere lugar”.
Contralores ciudadanos
El diputado Sebastián Villarejo (PQ) en su cuenta de Twitter celebró la decisión que ahora queda en manos del Poder Ejecutivo, señalando que “a partir de ahora van a ser válidas las fotos o videos como pruebas para denuncias ciudadanas. Ejemplo: alguien quemando basura, mal estacionado o tirando bolsas a un raudal”, posteó. Agregó que los Municipios necesitan una intervención en el lugar con testigos y “no era suficiente un acta a partir de medios tecnológicos”.
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