Aprueban mayor castigo a quienes incumplen con los aportes del IPS

En su última sesión del año, el Senado aprobó ayer el proyecto de ley que aplicará sanciones más severas a los empleadores que incumplan con los aportes al IPS. Con esta normativa pretenden que la previsional obtenga anualmente alrededor de G. 10.000 millones en concepto de multas diversas.

Cargando...

La propuesta de varios senadores liberales establece sanciones administrativas y penales para los empleadores que incumplan con el aporte de seguridad social.

Las sanciones administrativas serán desde 10 días multas como mínimo y 300 días multas como máximo. Según la normativa, un día multa equivaldrá al 20% de un jornal mínimo. Además dispusieron que el 75% de las recaudaciones en concepto de multas sean destinadas al Fondo de Enfermedad y Maternidad de la previsional.

La senadora Desirée Masi (PDP) argumentó que incorporaron esa disposición porque existen empleadores que se “apropian” del aporte del seguro social porque descuentan y no remiten al Instituto de Previsión Social (IPS). “Esa es una apropiación y eso es un robo. La gente tranquilamente le descuenta, se queda con ese dinero y aparte de lo que significa quedarse con dinero ajeno todos sabemos lo que pasa en el IPS. Se van los empleados en situaciones de urgencia de salud y allí se enteran de que su patrón no aportó al IPS”, indicó.

El senador liberal Enzo Cardozo, vicepresidente de la Comisión de Legislación, explicó que el proyecto busca fortalecer el marco normativo del IPS a fin de corregir disposiciones y llenar algunas lagunas jurídicas que presenta la carta orgánica como la distribución de la contribución del Estado. Además, pretende tener amplitud en el acceso a la información y de esa manera facultar al IPS a intercambiar información institucional con otras instituciones y entes del Estado. “Actualmente, el IPS no puede intercambiar libremente información con otras instituciones ni puede construir base de datos conjunta que permita optimizar sus gestiones de afiliación”, agregó.

Otra de las modificaciones a la propuesta legislativa es la facultad fiduciaria otorgada al IPS que le permitirá actuar como beneficiario en negocios fiduciarios, con o sin transferencia de dominio de inmuebles hasta un límite equivalente al 40% de las rentas obtenidas por las inversiones y colocaciones financieras de la institución.

Además, todos los bienes registrados o no, rentas, depósitos y colocaciones en el sistema financiero nacional del IPS serán inembargables en todos los fueros.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...