Corte demora fallo sobre mandato imperativo

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La Corte Suprema de Justicia demora el fallo sobre la prohibición de que los legisladores reciban mandatos imperativos.

Desde hace meses posterga la acción de inconstitucionalidad planteada por los senadores de la disidencia colorada que se oponían a votar a favor de la reelección presidencial tal como ordenó la Convención Colorada a finales del año pasado.

En un escrito de 60 páginas los parlamentarios recordaron que el artículo 201 de la Constitución señala claramente que “los senadores y diputados no estarán sujetos a mandatos imperativos”.

Previendo la demora en la máxima instancia judicial los disidentes también presentaron una acción ante la Justicia electoral.

En ese expediente a inicios de año el Tribunal Electoral Primera sala fue el que dio trámite a la acción presentada por los disidentes, suspendió temporalmente los efectos de la resolución de la Convención Colorada y dispuso que los senadores de la disidencia no estaban obligados a votar a favor de un segundo mandato presidencial.

También los liberales

La Corte Suprema de Justicia también tiene pendiente de resolución el expediente presentado por los liberales llanistas que recurrieron la decisión de la Convención Partidaria que les ordenaba no votar a favor de la enmienda que permita la reelección presidencial bajo amenaza de que serían inhabilitados por 10 años para ser candidatos del partido para cargos públicos.

El grupo de senadores, encabezados por Blas Llano, sostuvo que de acuerdo con el artículo 201 de la Constitución los parlamentarios no están sujetos a mandatos imperativos.

Después de casi dos meses de postergaciones la semana pasada la Corte Suprema finalmente integró la Sala Constitucional que deberá resolver la presentación que hicieron los liberales disidentes. Los ministros que van a decidir este caso son Antonio Fretes, Raúl Torres Kirmser y Miryam Peña.