Agregó que en la nota remitida a Samudio, la oficina detalle el lugar donde pretende realizar la extracción, el procedimiento a seguir, los materiales que se utilizarán y quiénes serán los técnicos y profesionales que acompañarán. “Una vez que nos arrime todos estos datos, nosotros vamos a juzgar qué hacer en base a los principios del tratamiento de las prospecciones arqueológicas. Quiero aclarar que el señor no tiene aún la autorización, sino que deben llegar todavía unos requisitos”, explicó la directora. Urbieta insistió en la necesidad de seguir un manual de procedimientos de tal manera que el trabajo se haga de la mejor forma y conforme a los procedimientos científicos.
Sin embargo, a Samudio no le cayó para nada bien la idea de revelar el sitio preciso que el presume estaría el tesoro. “Ellos se avalan en una ley de Patrimonio y piden que complete un formulario. En este formulario en el primer punto dice ubicación del bien cultural y eso es medio complicado. No le puedo dar la ubicación porque no tengo indicios de que quieran hacer un trato conmigo”, aclaró.
Agregó que analizará la propuesta de la Dirección de Patrimonio y luego hará una propuesta. “De entrada vamos a objetar el primer punto. Voy a presentar un proyecto de trabajo, un sistema y las características, pero la ubicación del tesoro le voy a deber porque es una información confidencial”, precisó.
Antecedentes
El 4 de febrero pasado, Samudio remitió una nota a Marcelo Wagner, presidente de Ferrocarriles del Paraguay SA, en la que comunica el hallazgo de un posible tesoro en la franja de dominio del Ferrocarril y solicitó una entrevista urgente para confeccionar un acuerdo conforme lo establecido en el Código Civil Paraguayo (ver infografía).
Dijo que junto a un grupo de expedicionarios vienen trabajando desde hace años en conocer la historia de la Guerra de la Triple Alianza e incluso realizaron el camino que hizo en ese entonces el Mcal.
Francisco Solano López. “Hemos contactado con un señor de más de 80 años, quien nos contó que su abuelo presenció el lugar donde enterraron el tesoro. Nosotros hicimos una prospección sobre la base de una historia verídica y un estudio con maquinarias que nos indican que efectivamente estamos en el lugar correcto”, explicó.
Cuenta que bajo las vías del tren se encontraron ya varios tesoros. “Nosotros queremos hacerlo de manera legal. Creo que es la primera vez que alguien está planteando un pedido por escrito”, señaló el buscador.
LO QUE DICE EL CÓDIGO
Art. 2040.- Se tendrá por tesoro todo objeto de valor sin dueño conocido, que estuviere oculto o enterrado en un inmueble. No lo serán aquellos objetos encontrados en las sepulturas o lugares públicos destinados a ese fin. El que hallare un tesoro en fundo propio adquiere el dominio de él, pero si el descubrimiento fuere en predio ajeno, lo dividirá por mitad con el dueño de éste.
Art. 2041.- Se reputa descubridor del tesoro el primero que lo haga visible, aunque sea en parte, siquiera no lo aprehenda ni reconozca que es un tesoro, y haya otros que trabajasen con él. Si en el mismo sitio o inmediato a él hubiese otro tesoro, su descubridor será el primero que lo hiciere visible.
