El delito de cobro indebido de honorarios está a punto de prescribir, ya que en octubre se cumplirán seis años de la apertura de la causa. El Código Penal señala que los delitos prescriben cuando se cumple el doble de la pena prevista y en este caso la sanción máxima es de hasta 3 años de cárcel, entonces, su prescripción ocurre a los seis años.
El tribunal de sentencia condenó a Víctor Bogado y a Gabriela Quintana a 1 año y a un año y medio de prisión, respectivamente, con suspensión a prueba de la ejecución de la pena. Los mismos dijeron que van a apelar la resolución. El Ministerio Público también lo hará, pues no está conforme con la exigua sanción.
Es sabido que cualquier apelación que es estudiada por la Cámara de Apelación o la Corte Suprema lleva tiempo, en algunos casos años, y si la sentencia no queda firme antes del 25 de octubre la causa podría “morir” y los dos condenados estar libres de culpa y pena.
Si hay celeridad la condena quedará firme, pero los tribunales muchas veces carecen de agilidad.
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Este mismo caso estuvo parado por casi un año en la Corte Suprema por un incidente planteado por Bogado.
Por ese motivo, la abogada María Ester Roa, de la comisión de ciudadanos auto convocados, insta a velar porque se cumplan los plazos en las siguientes instancias y que la condena contra los citados procesados quede firme y ejecutoriada.
