Teniendo en cuenta la sentencia judicial que le da la propiedad del inmueble a Morombí, la fiscalía había solicitado allanar el inmueble de dos mil hectáreas ante la presencia de invasores.
El allanamiento fue ordenado por el juez José Benítez González, que hizo lugar al pedido de la fiscala Ninfa Aguilar.
El Ministerio Público considera que no se puede manipular el caso, alegando que la Fiscalía no podía haber pedido el allanamiento, atendiendo que existe un reclamo del Estado para anular el fallo de Goiburú.
Los antecedentes del caso dan cuenta de que el “Grupo Riquelme” se adjudicó las tierras en disputa en el marco de una demanda civil de usucapión promovida por la firma “Campos Morombí SA” contra la sociedad denominada “La Industrial Paraguaya SA (LIPSA)”. Dicha demanda fue tramitada originariamente ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Curuguaty, teniendo en cuenta que el inmueble se halla situado en el ámbito territorial de competencia del citado juzgado. Como derivación del litigio, recayó la Sentencia Definitiva N° 97 del 21 de diciembre del año 2005, dictada por el juez Carlos Goiburú, que resolvió hacer lugar al juicio de usucapión promovido por la firma demandante, ordenándose de este modo la inscripción respectiva en la Dirección General de los Registros Públicos. Esta resolución habría sido confirmada por la Cámara.
Con posterioridad, en el año 2010, la Procuraduría General de la República dedujo una acción autónoma de nulidad contra los alcances del fallo dictado por el Juzgado en lo Civil de Curuguaty, esta vez, ante el juzgado a cargo del Abog. Alberto Martínez Simón.
Existe otra acción autónoma de nulidad que promovió el Indert, en la que aún no se dictó resolución.
Lo cierto es que “Campos Morombí SA” es reconocida jurídicamente como propietaria de las tierras.
